Magistrado Ibáñez radica ponencia de la Reforma Pensional ante la Sala Plena de la Corte
El tribunal constitucional decidirá en los próximos días si se subsanaron los vicios de procedimiento encontrados en la ley pensional.

Magistrado Jorge Enrique Ibáñez.. Foto: Corte Constitucional
JUSTICIA
Luego de tres meses después de que se corrigieran los vicios de procedimiento encontrados en la Reforma Pensional, el magistrado ponente y presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, radicó la ponencia sobre la constitucionalidad de esta ley.
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En el expediente de la ley 2381 aparece registrado este 08 de octubre el proyecto de fallo que debatirá la Sala Plena.
Eso significa que Ibáñez ya analizó si se subsanaron los vicios procedimentales encontrados en la Reforma Pensional y por los que esta ley tuvo que volver a ser debatida en la Cámara de Representantes.
El magistrado tuvo en cuenta una serie de pruebas y actas que solicitó a la Cámara de Representantes y a la Presidencia.
En este punto vale recordar que la Cámara no entregó una de las actas solicitadas debido a que no hubo cuórum en una de las sesiones extraordinarias que se convocaron para subsanar dicha ley.
Sala Plena decidirá
Con esta ponencia que ya fue registrada en el expediente, los nueve magistrados que integran la Sala Plena definirán en los próximos días si está ley, que busca cambiar el sistema pensional en el país puede ser implementada.
El primer debate se programaría la próxima semana.
Procuraduría respalda Reforma Pensional y pide a la Corte dejarla en firme
En el concepto enviado a la Corte Constitucional el 18 de septiembre, el Ministerio Público reitera que estas actas de las sesiones extraordinarias cumplen una función de transparencia y fe pública a actos internos del Congreso.
No obstante, para la Procuraduría en el eventual caso de que se haya presentado alguna irregularidad, esto no tiene la virtualidad de viciar la legalidad de la Reforma Pensional (ley 2381 de 2024).
“Toda vez que las actas no hacen parte del trámite legislativo en sentido estricto, sino que se limitan a fungir como medios de prueba. En tal caso, la Corte Constitucional igual tiene otros medios de prueba idóneos, conducentes y pertinentes, que como las grabaciones de las sesiones, cumplen con los estándares exigidos por la misma Corte”, indica la Procuraduría.
En ese sentido, dice el Ministerio Público que esas actas no son el único método para verificar que se subsanó la ley de forma correcta, pues también están las grabaciones de las sesiones.
Cabe resaltar que para la última semana de septiembre el magistrado sustanciador, Jorge Enrique Ibáñez, redactaría una ponencia que será debatida en Sala Plena y allí se determinará si se puede implementar el nuevo sistema pensional en el país.




