Corte Constitucional falla a favor de Esperanza Gómez y da órdenes a compañía Meta en Colombia
Es la primera vez que la Corte aborda la relación entre los derechos fundamentales de los influenciadores y la moderación de contenidos.

9 Junio 2015. Bogotá. La actríz porno Esperanza Gómez estrena video del artista colombiano de música urbana Cash “Dime que si”. (Colprensa - Juan Páez). / Juan Paez
JUSTICIA
La Corte Constitucional falló a favor de la actriz de cine para adultos, Esperanza Gómez. En esta providencia la Sala de Revisión de Tutelas aborda de fondo la relación entre los derechos fundamentales de los influenciadores y la moderación de contenidos.
En el caso de Gómez, el tribunal encontró que Meta vulneró sus derechos fundamentales como la libertad de expresión, el debido proceso y el derecho al trabajo, al eliminar su cuenta de Instagram con más de cinco millones de seguidores.
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Esta cuenta fue cerrada por el trabajo que desempeña la actriz de cine para adultos, más no porque hiciera contenido en redes sociales de tipo pornografico. En ese sentido la Corte le dio la razón.
“Con base en las pruebas recaudadas por la Corte Constitucional, la Sala Primera de Revisión le dio la razón a la señora Esperanza Gómez porque no se logró probar que en las imágenes que nos suministraron dentro del proceso se hubieran violado las reglas de la Casa de Meta", explicó la magistrada Natalia Ángel.
Según la magistrada ponente, Natalia Ángel, se determinó básicamente que, se le había cerrado la cuenta a Gómez más por un prejuicio que porque hubiera violado las normas de la compañía.
“La eliminación de la cuenta de la demandante fue arbitraria y restringió ilegítimamente su libertad de expresión. Así mismo, fue discriminatorio, pues Meta aplicó sus políticas sobre desnudez y servicios sexuales de manera inconsistente frente a otras cuentas con contenidos similares que permanecen activas”, dice el fallo de la Sala de Revisión.
Si bien la Corte reconoció que en la creación de perfiles en redes sociales existe el riesgo de que personas inescrupulosas los usen para actividades ilícitas, como la explotación sexual, no se puede cerrar las cuentas de personas que han ejercido actividades de pornografía fuera de la plataforma (actividades offline).

Esperanza Gómez.
Las órdenes de la Corte Constitucional para META en Colombia
Se determinó que en este caso en específico ya no era posible devolverle la cuenta de Instagram a Esperanza Gómez,no obstante, la Corte Constitucional dio unas órdenes a la multinacional Meta dueña de plataformas como Instagram, Facebook y WhatsApp.
• Crear un canal electrónico visible para notificaciones judiciales en Colombia.
• Asegurar que sus políticas estén disponibles en español y en un sitio web unificado.
• Revisar y ajustar las condiciones de uso y la política de privacidad de Instagram, de modo que los usuarios conozcan con claridad los mecanismos para impugnar decisiones de moderación.
Además, la Corte instó a Meta a definir con mayor precisión sus reglas sobre contenidos sexuales implícitos, la moderación de contenidos frente a desnudos y las actividades sexuales de adultos fuera de las redes.




