Corte falla a favor de Garrido y niega demanda de Benedetti pese a que lo llamó “maltratador”
Se le protegió la garantía de “inviolabilidad parlamentaria”.

Armando Benedetti, ministro del Interior. Lina Maria Garrido, representante a la Cámara. Fotos: Colprensa y X de Lina Maria Garrido.

JUSTICIA
El magistrado Héctor Javier Alarcón de la Sala Especial de Primera Instancia decidió inadmitir un denuncia por injuria y calumnia presentada por el ministro del Interior, Armando Benedetti en contra de la representante por Arauca, Lina Garrido.
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El ministro había recurrido a esta instancia judicial luego de que la congresista dijera en la instalación del Congreso y luego en entrevistas a medios de comunicación que Benedetti era un “maltratador de mujeres”.
Asimismo, en redes sociales la congresista dijo:
“Y ni se le ocurra amenazarme con cuchillo como lo hizo con su esposa en España: le iría mal; yo si me le paro duro”, indicó Garrido en X.
Benedetti aseguró que dichas declaraciones en el Congreso y en medios de comunicación afectaron su derecho a la honra y al buen nombre.
¿Qué dice la Corte de estas acusaciones?
La Corte determinó que, dichas declaraciones dadas por Garrido en la instalación del Congreso y después en medios de comunicación hacen parte de la extensión de esa misma temática y opinión que se hizo en el recurso de réplica de la oposición.
En ese sentido dichas expresiones fueron protegidas bajo la garantía de la “inviolabilidad parlamentaria”.
“En ese entendido, a luces de lo consagrado en el articulo 185 de la Constitución Política, así como en lo manifestado por esta Corporación, -lo cual sera objeto de estudio a continuación-, las opiniones expresadas por la representante a la Cámara LINA MARIA GARRIDO MARTIN, se hallan amparadas por la inviolabilidad consagrada por el articulo 185 de la Carta Política“, dice la Sala de Instrucción.

Claudia Camila Vargas
Comunicadora Social y Periodista de la Pontificia Universidad Javeriana. Incorporada en Caracol Radio...




