¿Se suspende el pico y placa en Floridablanca, Girón y Piedecuesta? Esto es lo que debe saber
Un fallo de primera instancia ordenó suspender el pico y placa metropolitano. ¿En qué queda esta medida? aquí les contamos.

Leonardo Silva, accionante
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Imagen de referencia a pico y placa en Bucaramanga Floridablanca, Girón y Piedecuesta/ Getty Images
Bucaramanga
El Tribunal Administrativo de Santander emitió una sentencia de tutela que podría tener importantes efectos sobre las restricciones vehiculares del área metropolitana de Bucaramanga, más exactamente en el pico y placa que rige actualmente en Floridablanca, Piedecuesta y Girón.
La decisión ampara parcialmente los derechos fundamentales del ciudadano Leonardo Silva, quien argumentó verse afectado por el pico y placa metropolitano, al considerar que la medida no cumplió con los requisitos de razonabilidad y proporcionalidad exigidos por la Constitución.
¿Cuál fue la solicitud para suspender el pico y placa en Floridablanca, Girón y Piedecuesta?
Yesid Leonardo Silva Parada, abogado, comerciante y activista en Piedecuesta, interpuso una acción de tutela en contra del Juzgado Quince Administrativo de Bucaramanga y el municipio de Piedecuesta. Afirmó que “la imposición de la medida de pico y placa en su municipio vulneraba sus derechos fundamentales, incluyendo la libre circulación, el debido proceso, la igualdad y el derecho de petición”.
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La restricción vehicular, implementada mediante el Decreto 013 de febrero de 2025 y modificada por el Decreto 017 del mismo año, fue ordenada por el juzgado en el marco de un proceso de desacato a un fallo de acción popular, que exigía controlar el mototaxismo en el área metropolitana. Pero según Silva, “la medida impide, no solo a él, sino a los demás ciudadanos, desarrollar su actividad comercial de manera libre, entre otros argumentos”.
¿Qué decidió el Tribunal para suspender el pico y placa en ciertas partes de Santander?
En fallo de primera instancia, la magistrada María Eugenia Carreño Gómez, encargada del caso, concluyó que:
- Sí hubo vulneración al derecho a la libertad de locomoción: “La medida de pico y placa impuesta no fue justificada con un estudio técnico riguroso ni fue producto de un análisis de razonabilidad y proporcionalidad”.
- No se vulneró el derecho de petición: “Las autoridades sí respondieron las solicitudes del accionante, aunque las respuestas no fueran de su agrado”.
- Se dejó sin efecto parcialmente el auto judicial del 2 de diciembre de 2024: “Auto mediante el cual se impuso el pico y placa metropolitano, por exceder las facultades conferidas al juez dentro del proceso de acción popular”.
¿Qué significa esta decisión?
La sentencia ordena que se anulen parcialmente los efectos del acto judicial que impuso la medida del pico y placa metropolitano.
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Según el fallo, la medida beneficiaría a todos los ciudadanos en situación similar, no solo al accionante. Esto implica que otros habitantes de Piedecuesta, Floridablanca y Girón, podrían verse cobijados por esta decisión.
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La decisión es de primera instancia y puede ser apelada por las entidades implicadas. Mientras tanto, las autoridades deberán revisar la medida restrictiva y ajustar sus planes conforme a lo ordenado por el Tribunal.
Tenga en cuenta:
Aunque la decisión adoptada en este fallo judicial del Tribunal Administrativo de Santander refiere a suspender de manera indefinida la medida, el pico y placa metropolitano continúa vigente.
Las alcaldías de cada municipio y la direcciones de tránsito tienen un recurso legal para impugnar esta determinación judicial.



