Juan Manuel Galán demanda zonas de ubicación y pide reactivar órdenes de captura contra disidencias
Ante el Consejo de Estado se solicitó una medida cautelar que busca suspender dicha resolución de forma inmediata.

Juan Manuel Galán pide a Coalición Centro Esperanza ir a consulta con solo 3 candidatos / Sergio Acero (Colprensa)
JUSTICIA
El director del Nuevo Liberalismo, Juan Manuel Galán, demandó ante el Consejo de Estado la resolución 161 por medio de la cual se establecen las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) para disidentes del Frente 33 al comando de alias “Calarcá” en Tibú, Norte de Santander que actualmente están en procesos de paz con el gobierno.
Según Galán, dicha resolución se expidió sin reglamentación previa, contrariando lo ordenado por la Corte Constitucional.
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Asimismo, para el director del Nuevo Liberalismo, desconoce compromisos internacionales en materia de extradición, Derechos Humanos y aumentó el riesgo para la población civil del territorio.
“En la práctica se trata de zonas de despeje, zonas de distensión, santuarios narcotraficantes, en donde, por ejemplo, el Frente 33 en el Catatumbo va a concentrarse y va a prestarle refugio a extraditables, como Willington Henao Gutiérrez alias El Mocho, que fue pedido en extradición, su extradición fue negada por el actual gobierno y se va a refugiar en estas zonas", indicó Galán.
Pretensiones de la demanda
- Declarar la nulidad de la Resolución 161/2025.
- Restaurar órdenes judiciales de captura y extradición suspendidas.
- Garantizar control judicial y transparencia sobre la zona delimitada.
- Suspensión provisional urgente del acto, por violación directa de normas constitucionales y amenaza al orden público.
Zona de Ubicación Temporal
En 45 días a partir del 23 de mayo se dará el traslado de los integrantes del Frente 33 al lugar destinado para la ubicación temporal. Allí llegarán entre 400 y 700 hombres.
Las entidades de la rama ejecutiva, en sus distintos niveles, deberán concurrir en el desarrollo del objeto de la Zona de Ubicación Temporal, de manera articulada, para atender los programas y proyectos que la intervención integral en este espacio, con garantías de dignidad y seguridad humana.
Durante el término de funcionamiento de la Zona de Ubicación Temporal, el Gobierno Nacional adoptará las medidas necesarias y eficaces para brindar la seguridad necesaria a los miembros del Frente 33 del Estado Mayor del Bloque Magdalena Medio Comandante Gentil Duarte y a quienes se encuentren en la misma, así como garantizar la protección de los derechos de las comunidades, de conformidad con su mandato constitucional.
Se mantendrá en todo momento y lugar la vigencia del Estado Social de Derecho. Las autoridades civiles continuarán ejerciendo sus funciones y atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, sin ninguna excepción.
Dentro de la Zona de Ubicación Temporal queda suspendida la ejecución de las órdenes de captura, incluidas las órdenes de captura con fines de extradición, contra los miembros del Frente 33, al igual que durante el transcurso del desplazamiento hacia la misma, previo listado entregado por los miembros representantes, que deberá ser aceptado y acreditado por el Consejero Comisionado de Paz, Otty Patiño.




