Justicia

Corte Constitucional tumbó dos decretos de conmoción interior en el Catatumbo

En ambos casos no se cumplía con los parámetros de atención humanitaria ni de orden público, sino que se pretendían solucionar cuestiones de carácter estructural.

Sala plena de la Corte Constitucional. Foto: Corte Constitucional (Colprensa)

Sala plena de la Corte Constitucional. Foto: Corte Constitucional (Colprensa)

La Corte Constitucional tumbó dos decretos expedidos en en el marco del estado de conmoción interior en el Catatumbo, Norte de Santander, y en la Región de Río de Oro y González en el Cesar.

El primer decreto en declararse inexequible fue el 180 del de 14 de febrero de 2025 que buscaba desvincular a los núcleos familiares que dependian de cultivos de uso ilícito y promover su tránsito a economías lícitas.

“La Sala reiteró que justificar la expedición del decreto en la necesidad de implementar, de forma urgente y prioritaria, medidas extraordinarias tendientes a impulsar la sustitución de cultivos de uso ilícito en todos los municipios de la región del Catatumbo, desconoce que el problema de los cultivos de uso ilícito es histórico y estructural”,indicó la Corte.

Mientras que el segundo decreto que se cayó fue el 0116 de 2025 que contenía disposiciones en materia ambiental y de desarrollo sostenible.

“Al respecto, encontró que la norma bajo examen no se dirige de manera directa y próxima a conjurar los hechos que sustentaron la conmoción interior y mitigar los efectos derivados de la intensificación de los enfrentamientos entre el ELN y otros grupos armados organizados”, aseguró el alto tribunal.

En ambos casos, la Corte determinó de acuerdo a lo expedido en el decreto madre de conmoción interior que dichas disposiciónes buscaban solucionar problemas de carácter estructural más no de la emergencia por orden público y de caráter humanitario.

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