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Cómo afecta la reforma pensional a quienes cotizan en el exterior: empieza a regir en julio del 2025

Experto explica en que consisten los cambios y cuál es el trámite para certificar sus semanas trabajadas en el exterior

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Tired Businessman working at home using laptop and digital tablet. Overworked young man with eyeglasses looking at laptop bored and anxious. Man with headache holding head in hands in front of digital devices. / filadendron

Sin duda alguna, la implementación de la reforma laboral será uno de los precedentes más grandes que dejará el gobierno de Gustavo Petro. Esta se aprobó y convirtió en ley el pasado julio de 2024, y se espera que entre en vigor el 1 de julio de 2025.

El Gobierno estima que en su primer año de aplicación, la reforma ampliará la cobertura del sistema pensional de un 24% a un 53,73 %, lo que equivale a 4.662.000 personas.

Según varios comunicados del Pacto Histórico, esta traerá consigo una gran cantidad de beneficios para aquellos adultos que, por cuestiones geográficas y económicas, jamás lograron formalizar su derecho a pensionarse. Algunas de las ventajas que trae son:

  • Sistema integral para proteger y amparar a la vejez
  • Equidad en el valor de las pensiones
  • Mayor oportunidad de pensión para las mujeres
  • Mayor ahorro individual
  • Incrementaría la cobertura pensional del país

Ahora bien, de ese 24% actual, son varias las personas que cotizan su pensión para la vejez desde el extranjero, principalmente a través del programa de Colpensiones “Colombianos en el exterior”, pero para estos también habrá algunos cambios y condiciones.

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Cómo afectará la reforma pensional a quienes cotizan en el exterior

Para aclarar las dudas sobre la entrada en vigencia de la ley 2381 del 2024 (Reforma pensional), consultamos con el abogado colombiano Omar Reyes, quien es magíster y experto en materia de pensiones, y nos explicó a detalle los cambios que habrá para los colombianos que coticen en el extranjero.

1. Hay nuevos requisitos para computar los tiempos acreditados bajo otra legislación extranjera

Es importante que tenga en cuenta que cuando se está cotizando la pensión desde el exterior, el país en el que reside debe tener un convenio “Internacional de Seguridad Social con Colombia“. Si este no posee ninguno usted no podrá computar dichos tiempos acreditados.

Ahora, si cumple con el convenio, Omar explica que “Estos tiempos van a ser computables y serán tenidos en cuenta para las prestaciones de vejez, invalidez y muerte”. Sin embargo, el nuevo régimen de pilares, en el caso de la “prestación anticipada de vejez”, no permitirá certificar semanas acreditadas bajo la legislación de otros países”.

2. Solo se tendrán en cuenta los periodos acreditados con anterioridad al 1 de julio de 2025

Reyes enfatizó en que el mayor reto para los migrantes colombianos será certificar los periodos trabajados en el extranjero anteriores al 1 de julio del 2025. Para hacerlo, deberá realizar las siguientes diligencias:

  1. Usted debe presentar una solicitud ante la institución de seguridad social del país en el cual realizó los aportes. Posteriormente, esta deberá entregarle un documento que certifique dichos periodos.
  2. Después, debe apostillar este documento, a menos que se trate de un formulario de correlación, en cuyo caso no es necesario.
  3. Finalmente, usted debe presentar el certificado apostillado o el formulario de correlación ante la administradora del sistema de pensiones de Colombia (Colpensiones).

Pueden los extranjeros retirar sus aportes de los últimos años

Sí, pero solo y exclusivamente para los colombianos no residentes en Colombia. Además, el experto puntualizó que deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber realizado contribuciones al sistema pensional colombiano hasta por un máximo de 999 semanas, y que estas no hayan sido usadas en Colombia para recibir alguna prestación económica
  • Tener un convenio multilateral o de seguridad social con el país de origen

En lo que respecta al fondo de pensión donde se encuentren sus ahorros (Colpensiones o una entidad independiente), los requisitos para poder recibir el total de sus ahorros, son estos:

Colpensiones:

  • Tener la edad requerida: 57 años mujeres y 62 hombres
  • No haber cumplido con el mínimo de 1300 semanas cotizadas.

Fondos privados:

  • “Tener un capital que sea suficiente para financiar una pensión igual o superior al 110% del salario mínimo”
  • “no contar con un mínimo de 1150 semanas para poder optar por una garantía de pensión mínima”

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