Procuraduría sancionó con $78 millones a exalcalde Dau por viajar a Egipto sin permiso del Concejo
El exmandatario no acató la disposición legal del Concejo Distrital de no salir del país a una evento anticorrupción

Colprensa
Cartagena
En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión en el ejercicio de su cargo e inhabilidad especial por seis meses al exalcalde Distrital de Cartagena, William Jorge Dau Chamat (2020-2023), por no acatar una disposición legal del concejo de la ciudad.
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Cómo el exfuncionario no se encuentra en el cargo al momento de la decisión, la sanción se convertirá en su salario devengado, en el año 2021, por el tiempo determinado en el fallo; por tanto, un aproximado de 78 millones de pesos.
En hechos de esta misma vigencia durante la plenaria del 6 de diciembre de la corporación de Cartagena, se resolvió no aprobar el permiso que el disciplinado solicitó para salir del país en comisión hacia la ciudad se Sharm El Sheikh en Egipto, con el objeto de asistir e intervenir en el evento internacional Anti-Corrupción (IACA), en el marco de la novena sesión de la conferencia de estados durante la convención de las naciones unidas contra la corrupción que organizó la ONUDD para los días del 11 al 18 del mismo mes.
Debido a lo anterior, el investigado pidió a la dirección administrativa de talento humano del distrito 10 días de vacaciones; las cuales fueron concedidas y así mismo, encargo las funciones de alcalde mayor de la capital de Bolívar al secretario de Interior para la época de los hechos, David Alfonso Munera Cavadia durante su ausencia.
Por lo tanto, la Procuraduría delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 confirmó que el disciplinado se amparó en el disfrute de sus días de recreo para no cumplir con lo dispuesto por los funcionarios públicos de la ciudad y participar el 15 de diciembre de la misma vigencia en la conferencia haciendo alusión a su investidura como primer mandatario y con comentarios de tipo burlesco acerca de la negativa para su participación en días anteriores.
Finalmente, la Procuraduría delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 calificó la falta del sancionado como grave, a título de dolo.