Tribunal administrativo de Antioquia negó medidas cautelares contra tasa de seguridad
El alto tribunal acumuló procesos y tomará una decisión de fondo, frente al impuesto.

Ejército y Policía reforzaron seguridad en la vereda Las Auras de Briceño, Antioquia, tras combates de ilegales. Foto: Gobernación de Antioquia.
Medellín, Antioquia
El Tribunal Administrativo de Antioquia negó la solicitud de medida cautelar presentada por el diputado Luis Eduardo Peláez Jaramillo, quien pedía la suspensión provisional de la Ordenanza 50 del 17 de diciembre de 2024, que creó la tasa especial de seguridad y convivencia ciudadana en el departamento.
En el auto del 26 de mayo de 2025, el magistrado ponente Dohor Edwin Varón Vivas consideró que no se configura una violación evidente a las normas invocadas por el demandante, por lo que no procede la suspensión mientras se resuelve el fondo del proceso.
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Peláez argumentó que el trámite de aprobación de la ordenanza fue irregular, ya que el informe de ponencia para segundo debate carecía de validez por no contar con las firmas reglamentarias, y que se aprobaron proposiciones que no fueron debatidas en comisión. Esto, según el diputado, vulnera el reglamento interno de la Asamblea y normas superiores como la Ley 5ª de 1992.
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Sin embargo, la Asamblea Departamental y la Gobernación de Antioquia se opusieron a la medida, defendiendo la legalidad del procedimiento. Ambas entidades alegaron que el informe sí contaba con las firmas necesarias y que los cambios introducidos en segundo debate respetaron la unidad de materia exigida por la ley.
El Tribunal señaló que, de la simple confrontación entre la ordenanza demandada y las normas invocadas como vulneradas, no se desprende una infracción clara, directa y evidente, como lo exige la jurisprudencia del Consejo de Estado para proceder con una medida cautelar. En consecuencia, afirmó que cualquier análisis más profundo debe hacerse en la sentencia final, tras evaluar las pruebas del proceso.
Además, el Tribunal decidió acumular este expediente con otro proceso de características similares que ya se tramita en el Despacho 15 del mismo Tribunal, a cargo del magistrado Daniel Montero Betancur.
Con esta decisión, la Ordenanza 50 seguirá vigente mientras avanza el proceso judicial que busca su nulidad.



