Corte Suprema habilita el acceso a expedientes desde el inicio de una investigación penal
Una sentencia de tutela promovida por un abogado en Bucaramanga obliga a la Fiscalía a permitir el acceso a pruebas y documentos desde que una persona conoce que está siendo investigada.

Abogado Alexander Fabián Blanco Luna
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Durante años, la Fiscalía General de la Nación negaba el acceso al expediente penal a los indiciados y a sus abogados durante la etapa de investigación previa, argumentando lo establecido en el artículo 112B del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004). Sin embargo, una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia cambió ese panorama.
El abogado Alexander Fabián Blanco Luna, con sede en Bucaramanga, interpuso una tutela luego de que se le negara el acceso a documentos clave en un proceso por homicidio. Aunque el Tribunal Superior de Bucaramanga rechazó inicialmente la acción, la Corte Suprema falló a favor y emitió una sentencia de tutela provisoria (STP-5195 de 2025), que establece que la defensa puede acceder a la información desde el momento en que una persona sabe que está siendo investigada.
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“La Corte determinó que el derecho a la defensa comienza desde el momento en que la persona sabe que está siendo investigada. Ya no hay que esperar hasta la imputación. Desde ahora, la Fiscalía debe entregar copia de la noticia criminal, las órdenes a policía judicial, entrevistas y demás documentos”, explicó el abogado Blanco. Agregó que esta reserva solo aplica para investigaciones contra grupos armados o delincuencia organizada, no para todos los casos como erróneamente se venía interpretando.
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La decisión fortalece el principio de igualdad y refuerza el derecho a la defensa desde las primeras etapas del proceso penal. Según el abogado, se trata de un avance significativo para evitar acusaciones sorpresivas y garantizar que los ciudadanos puedan conocer y enfrentar adecuadamente las investigaciones en su contra.



