Decreto reforma pensional: Asofondos alerta que hay 3 temas en los que no hay suficiente claridad
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, indicó que con este decreto los fondos de pensiones pueden comenzar a prepararse para la implementación de la ley pensional

Bono pensional en Colombia. Imagen de referencia vía Getty Images
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, se pronunció luego de que se revelará que el Gobierno expidió el decreto que reglamenta la ley pensional. De esta forma, expreso preocupación sobre unos temas que considera deben regularse. Se trata del Decreto 0514 de 2025.
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De manera concreta, en el último decreto que expidió el Ministerio de Trabajo relacionado con la reforma pensional se especifican las reglas del nuevo modelo pensional y los requisitos para acceder a la pensión y a las rentas solidarias del Pilar Solidario que estarán a cargo del Departamento de Prosperidad Social, DPS. Así como las condiciones para obtener las prestaciones sociales y las causales de pérdida, entre otros.
Además, el Decreto 0514 de 2025 describe el Sistema Actuarial de Equivalencias como mecanismo para completar, en la historia laboral, las semanas mínimas para una pensión integral de vejez. La expedición del decreto fue el pasado 9 de mayo.
Ahora bien, las preocupaciones del presidente de Asofondos se centran en tres aspectos puntuales:
- Un plan claro para el seguro provisional
- El uso del fondo de garantía de pensión mínima
- El Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo
Estas fueron las palabras del presidente de Asofondos: “Cosas que no salieron como esperábamos en el decreto: Creemos que no existe un plan claro sobre cómo se va a garantizar el seguro previsional, sobre todo para la población en transición, que recordemos que son mujeres que ya completaron cotizaciones por 750 semanas y hombres que completaron semanas por 900 semanas antes del 1 de julio"
“Temas como, por ejemplo, el uso del Fondo de Garantía de Pensión Mínima, que debería estar muy claro que es para pagar las pensiones mínimas del régimen de ahorro individual y no para ir al sistema de reparto de prima media. O temas como que el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo puede ser utilizado para financiar el Pilar Semicontributivo”.
Por otra parte, resaltó que con este decreto los fondos pensionales pueden comenzar a prepararse para la implementación de la ley pensional. “Este decreto es muy bienvenido por los fondos de pensiones, que somos actores importantes en nuestro rol complementario según el nuevo sistema pensional. Es bienvenido porque aclara una cantidad de temas jurídicos y operativos que son muy necesarios para poder operar la reforma a partir del 1 de julio”.
De este modo, destacó que algunos de los temas que reglamenta el decreto son el corto plazo de los fondos generacionales, cómo van a funcionar los extractos, cómo va a ser el cobro a morosos, y cómo van a ser las comisiones. “Con este decreto, los fondos continuamos en el proceso de implementación para estar listos para el 1 de julio y ofrecerle a los colombianos el nuevo sistema pensional”.
Finalmente, mencionó que hay asuntos que faltan por reglamentar, como las licencias adicionales, para ofrecer productos de ahorro a largo plazo, para que los fondos de pensiones puedan acompañar a los colombianos en el sistema pensional complementando su pensión. Igualmente, indicó que el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo todavía no está reglamentado, por lo que espera que el siguiente decreto salga pronto “para darle la guía y el camino al Banco de la República para administrar este fondo del Pilar Contributivo y temas tan importantes sobre cómo será el largo plazo de los fondos generacionales entonces”.