Economía

Así quedó el auxilio funerario de Colpensiones 2025: Requisitos y trámite para solicitarlo

Conozca los documentos que debe tener para poder reclamar el auxilio por el pago de los temas funerarios de un pensionado o afiliado a Colpensiones.

Auxilio funerario - Imagen de referencia de dinero, el logo de Colpensiones  y de funeral - Getty Images y cortesía

Auxilio funerario - Imagen de referencia de dinero, el logo de Colpensiones y de funeral - Getty Images y cortesía

El Ministerio de Trabajo ha explicado en el pasado que los auxilios funerarios son aquellas prestaciones sociales que obtienen los ciudadanos de manera adicional. En esa medida, quienes han pagado los gastos por fallecimiento de un afiliado o pensionado reciben un monto de dinero. Sin embargo, tienen que pertenecer a los Fondos de Pensiones en Colombia, entre estos se encuentra Colpensiones, Porvenir, Colfondos, Protección, u Old Mutual.

En ese orden de ideas, para que el dinero sea reconocido por esta prestación, el ciudadano que se hizo cargo de los gastos deberá demostrar haber asumido los gastos fúnebres del pensionado o del afiliado fallecido.

LEER MÁS

Además, deberá tener en cuenta que hay una fecha límite para reclamar el auxilio. “El plazo para reclamar dichos gastos es de 1 año a partir de la fecha de fallecimiento de la persona a la cual se le pagó los gastos, esto según lo establecido en el Artículo 50 de la ley 758 de 1990”, indicó el MinTrabajo

No obstante, es importante tener en cuenta que en julio la reforma pensional comenzará a aplicarse.

¿Cuál es el trámite para solicitar el auxilio funerario de Colpensiones 2025 antes de la aplicación de la reforma?

Para estos casos, el trámite es bastante sencillo. Las personas deberán acercarse al fondo de pensiones y mostrar la factura de los gastos sufragados. Asimismo, es importante tener en cuenta los requisitos y que la entidad se encargará de verificar los datos del fallecido y su fecha de deceso.

Podrá hacer el proceso por medio de internet en www.colpensiones.gov.co en la opción “Auxilio funerario”. Se deberá contar con los documentos y soportes de manera digital.

En caso de asistir a Colpensiones a reclamar el auxilio, deberá visitar el Punto de Atención Colpensiones (PAC) y tendrá que llevar los soportes y llenar los formularios.

De acuerdo al Ministerio de Justicia, es importante que el ciudadano que se hizo cargo de los gastos funerarios y que va a reclamar el auxilio tendrá que verificar si la persona estaba en la nómina de pensionados, si era cotizante activo, y si se encontraba al día en sus pagos

¿En cuánto quedó el auxilio funerario de Colpensiones 2025 antes de la aplicación de la reforma?

La cartera de Trabajo explicó que el monto que se entrega por este auxilio puede variar, porque depende de quién es el fallecido, el pensionado o el afiliado. Además, esto fue regulado en los artículos 51 y 86 de la ley 100 de 1993.

Así lo explicó el ministerio: “Si es por muerte del pensionado, el auxilio funerario equivale al monto de mesada que venía devengando el pensionado. Si es por muerte del afiliado, el auxilio funerario equivale al último salario cotizado por el trabajador.”

Asimismo, es importante tener en cuenta que, según la ley, el auxilio funerario que le entreguen no deberá ser inferior a 5 SMLMV o superior a 10 SMLMV.

Ahora bien, en la reforma pensional que se aplicará desde julio se aclara que el auxilio funerario deberá ser pagado por del Componente de Prima Media administrado por Colpensiones. En el artículo 56 de la ley se señala que: “La persona que compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un(a) afiliado(a) o pensionado(a), tendrá derecho a percibir un auxilio funerario equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.”

¿Cuáles son los requisitos para obtener el auxilio funerario de Colpensiones 2025?

De acuerdo al Ministerio de Justicia, estos son los requisitos y documentos necesarios para reclamar el auxilio

  • Será necesario diligenciar el formulario de la solicitud.
  • Documento de identificación original.
  • Registro civil de defunción del afiliado o pensionado, con fecha de expedición no mayor a (3) tres meses.
  • Factura de gastos funerarios con sello de cancelado, en la que se indique nombres y apellidos, de quien canceló la factura y descripción de los servicios prestados.
  • Certificación expedida por el centro que prestó el servicio fúnebre.
  • Contrato pre exequial en caso de que exista
  • Carta de autorización por parte de los herederos autorizando a uno solo para el respectivo cobro.
  • Formato cuenta pago, que contiene la información donde será consignado el valor del auxilio funerario.
  • Si es tercero autorizado, carta de autorización con las facultades específicas, cédula de ciudadanía del autorizado y de quien la otorga.

Para más información dé clic aquí

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad