Economía

La DIAN cerró 35 comercios en Bogotá por incumplimiento en la facturación electrónica

Los negocios que han sido sancionados desarrollan actividades de comercio al por mayor y detal, y ofrecen servicios de restaurante a la mesa.

La DIAN cerró 35 comercios en Bogotá por incumplimiento en la facturación electrónica

Desde el pasado 1 de noviembre, la facturación electrónica es obligatoria para todo aquel que comercie u ofrezca un servicio a la ciudadanía. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), desde octubre aumentó el seguimiento de este mecanismo de control, y a la fecha ha cerrado 35 comercios en Bogotá, por el incumplimiento de esta obligación.

La entidad se ha asegurado de que las personas y comercios, obligados a facturar, cumplan con los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario, de lo contrario, cuando se identifican inconsistencias la entidad inicia visitas de control. La DIAN aseguró que, cuando identifican inconsistencias inician el debido proceso, ‘’agotando cada una de las instancias en los tiempos establecidos’'.

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Según la entidad, los que más han contribuido, han sido Bogotá (impuestos 13,6%), Medellín (9,1%), Cali (3,5%), Barranquilla (2,6%), Bucaramanga (2,1%) y las demás zonas de todo el país (17,1%).

Finalmente la DIAN aseguró que adelanta campañas informativas, pedagógicas y de sensibilización, con comerciantes y compradores, para verificar la expedición de la factura electrónica.

Etapas de seguimiento de la DIAN

  1. Si en la primera visita de la DIAN, los funcionarios encuentran alguna irregularidad o incumplimientos, la entidad formula un pliego de cargos, donde el establecimiento tendrá un plazo de 10 días para responder, el porqué el incumplimiento.
  2. Después de recibir los descargos, la DIAN, puede descarta el pliego de cargos o confirmarlos. Esta es una etapa que según la Ley, puede durar máximo 6 meses.
  3. Si los cargos se confirman, la entidad emite una resolución que sanciona al establecimiento con un cierre por 3 días, y una vez más el comercio tiene 10 días para responder, esta vez para interponer un recurso de reposición con la intensión de que la sanción sea reconsiderada.
  4. Finalmente, el estatuto tributario contempla que, en cualquiera de las etapas del proceso, el establecimiento que este incumpliendo, puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre. (Esta multa corresponde al 10% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la fecha de la visita que desencadenó el proceso.

En Bogotá, en lo corrido del año, se han acogido 39 establecimientos a esta medida, con un pago total de $533 millones

—  DIAN

La DIAN aseguró que seguirá haciendo estas visitas, para garantizar el debido proceso, y hacen un llamado a las personas obligadas a cumplir con esta medida, a que eviten los incumplimientos.

Aca le dejamos dos PDF, con la información completa de esta Facturación electrónica:

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