Justicia

Procuraduría pide a la Corte que anule normas que permiten matrimonios infantiles

El Ministerio Publico se basa en lo establecido en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer.

Radican proyecto de ley para suprimir el matrimonio infantil en Colombia

Radican proyecto de ley para suprimir el matrimonio infantil en Colombia(Getty - Images)

JUSTICIA

La procuradora, Margarita Cabello Blanco, pidió a la Corte Constitucional declarar inexequibles las normas que le conceden validez a los matrimonios con menores de 18 años.

Según Cabello, hay artículos del Código Civil y de la ley 1309 de 2009 que son incompatibles con lo establecido en la ‘Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer’ (CEDAW).

“Hay una contradicción entre las normas vigentes sobre la materia (Código Civil art. 117, 124 y 140 y Ley 1306 de 2009 art. 53) y el artículo 16.1 de la Convención, que considera esos matrimonios como una forma de unión forzada, bajo el entendido que la manifestación del niño, niña o adolescente sobre ese vínculo no puede considerarse un consentimiento pleno, libre e informado”, dice él la Procuraduría.

Según el ente de control, en atención al criterio de prevalencia de los tratados internacionales sobre la legislación interna, la Corte Constitucional debe disponer la aplicación preferente de la  Convención y declarar inexequibles las normas existentes.

“No existe alguna disposición en nuestra Constitución que autorice expresamente a los menores de edad para contraer matrimonio y, por ende, la fuente del derecho de mayor rango que ordena la materia es el referido tratado internacional, cuya aplicación optimiza los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como las prerrogativas de las mujeres”, puntualizó la procuradora.

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Actualmente la Corte Constitucional estudia una demanda en contra de varios artículos del Código Civil,( los artículos 117, 124 y una parte del 140, y contra una parte del artículo 53 de la Ley 1306 del 2009), que refieren, que la edad mínima para contraer matrimonio es 14 años. En medio del estudio, la ministra de Justicia, Angela María Buitrago sentó su posición: la edad legal para casarse debe ser 18 años.

En un concepto enviado al alto Tribunal, la cartera de Justicia, sugiere que deben tenerse en cuenta los estándares de derechos humanos internacionales; y trae al debate un aparte de la obligación contenida en el numeral 2° del artículo 16 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), que establece que, no tendrán ningún efecto jurídico los esponsales y el matrimonio de niños y se adoptarán todas las medidas necesarias, incluso de carácter legislativo, para fijar una edad mínima para la celebración del matrimonio y hacer obligatoria la inscripción del matrimonio en un registro oficial”.

Por ultimo, el ministerio de Justicia pide a la alta Corte, declarar inexequibles las normas demandadas que le dan efectos jurídicos a los matrimonios en los cuales uno o ambos contrayentes son menores de 18 años.

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