Vehículos que presten servicio sin autorización serán inmovilizados, según SuperTransporte
La Superintendencia de Transporte inmovilizará los vehículos que presten servicios sin autorización. Lo hacen desde el 6 de septiembre.
En un comunicado emitido por la Superintendencia de Transporte en Colombia, reitera su llamado a las autoridades locales para que refuercen las acciones de control con respecto a la prestación informal de transporte.
Asimismo, en dicha notificación, se hace énfasis en que se deben respetar las leyes actuales, como la Ley 336 de 1996 y la Ley 769 de 2002, en donde se estipula que solo las personas debidamente autorizadas pueden prestar este tipo de servicios.
Además, ya a partir del pasado 6 de septiembre, los vehículos particulares que presten servicios de transporte sin la debida autorización serán inmovilizados, según lo establece la reciente circular emitida por la entidad.
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Justificación
La decisión de esta entidad, surge tras varios meses de diálogo y acuerdos con el gremio de taxistas, quienes han manifestado su preocupación por la competencia desleal que representan los servicios de transporte informal.
Detalles de las sanciones
Los conductores que sean sorprendidos prestando servicios de transporte sin autorización enfrentarán sanciones significativas. La infracción D12, que se refiere a conducir un vehículo para un servicio diferente al autorizado por la licencia de tránsito, conlleva una multa de $1.300.00 COP.
Además, el vehículo será inmovilizado por un período de cinco a cuarenta días, dependiendo de la gravedad de la infracción y de si es una primera ofensa o reincidencia. En caso de reiteración, la suspensión de la licencia de conducción puede extenderse hasta 25 años.
Implementación y monitoreo
Las autoridades locales de tránsito tienen la responsabilidad de implementar estas medidas y reportar sus acciones a través del Sistema Integrado de Información sobre Infracciones de Tránsito (SISI-PECCIT) dentro de los cinco días siguientes a la expedición de la circular. Este sistema, según ellos, permitirá un seguimiento riguroso y transparente de las infracciones y sanciones impuestas, asegurando que se cumplan las normas establecidas.
Reacciones del sector
De la misma manera, a través de un comunicado, Conduapps, gremio que agrupa más de 100 mil conductores en todo el país, subrayó que la Comisión del Plan de Desarrollo del Concejal de Bogotá aprobó por decisión unánime, en primer debate, el Proyecto de Acuerdo 607 de 2024 del excandidato a la alcaldía y ahora concejal, Juan Daniel Oviedo.
Esto teniendo en cuenta que solo queda un debate pendiente en la plenaria del Concejo para imponer una medida con el fin de detener a lo que ellos llaman: “persecución por parte de las autoridades de tránsito a los conductores de plataformas de movilidad en la capital del país”.
Igualmente, este conglomerado, insta en que la Aprobación de este proyecto de Acuerdo, es clave, ya que entre 2020 y 2023 los comparendos por la infracción D12, aumentó en un 76,6%.
Y es que de acuerdo a Fedesarrollo, si estas plataformas no operaran en Colombia, el 44% de los 100.000 conductores estarían desocupados y el 32% tendría otro trabajo.
Perspectivas futuras
La Superintendencia de Transporte ha enfatizado que estas acciones buscan proteger a los usuarios y garantizar un servicio de transporte seguro y legal. En este sentido, se espera que las medidas contribuyan a reducir la informalidad en el sector y a mejorar la calidad del servicio de transporte en Colombia, según esa entidad.
Sin embargo, también se reconoce la necesidad de ofrecer alternativas y soluciones para los conductores afectados, como programas de capacitación y reconversión laboral.
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