Ex rector de la U de M habilitado por tribunal para ocupar cargos en IES
Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca concluyó que sí hubo irregularidades en la titulación como abogado del Ex senador Julián Bedoya Pulgarín.
Medellín, Antioquia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad parcial de las Resoluciones Nos. 011593 de 23 de junio de 2022 y 015757 de 5 de agosto de 2022, a través de las cuales se declaró la inhabilidad de Nestor Hincapié Vargas, para ocupar cargos en Instituciones de Educación Superior por el otorgamiento irregular del título de abogado al ex senador Julián Bedoya Pulgarín.
De acuerdo con el fallo, el Ministerio de Educación Nacional, no demostró que las decisiones que las decisiones adoptadas que permearon y permitieron las irregularidades con las que Bedoya Pulgarín, obtuvo el título de abogado, fueron adoptadas por Néstor Hincapié Vargas o si quiera influidas por este, por cuanto la designación de profesores, programación de actividades académicas, verificación de documentos acádemicos y/o dar fe de estos, correspondían a órganos distintos como el Consejo de Facultad y la Secretaria General.
Además, el Tribunal advierte, que, si bien el Consejo Académico si estaba presidido por el representante legal de entonces, es decir, Hincapié Vargas, en la sesión en la cual se aceptó el reingreso del ex Senador a la Universidad de Medellín, vulnerando los estatutos de la Institución, este no estuvo presente.
Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Antioquia concluyó que si hubo irregularidades en el proceso de titulación de Julián Bedoya Pulgarín y por ende desconocimiento del Estatuto General, Estatuto Administrativo y Financiero y del Reglamento Académico y Disciplinario de Pregrado, toda vez que:
• El Dr. Juan Carlos Hoyos no instruyó en el área derecho púbico, por lo que no podría adelantar las pruebas de suficiencia de Hacienda Pública o Contratación Estatal, similar situación ocurre con Juan Felipe Hernández que al no dictar cátedra en el área de humanidades no podía evaluar las pruebas de Filosofía del Derecho o Sociología Jurídica.
• Reglamentariamente, Julián Bedoya Pulgarín, no estaba permitido presentar más de un preparatorio en la misma fecha y mucho menos relacionado a un examen de suficiencia perteneciente al área o la unidad organizativa curricular.
• El ex Senador perdió la calidad de estudiante al no estar vinculado por más de (5) cinco años, por lo que el Consejo Académico no reunido en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2018 debía remitir al Consejo de Facultad para que aquellos determinaran las materias que podían considerarse aprobadas.
• Tampoco se comprobó que Bedoya Pulgarín, cursara aun cuando aparece en el registro las asignaturas CONSULTORIO II y Protocolo Empresarial, registros en los cuales existe disparidad en la información.
• El proyecto de grado que se presentó con anterioridad a que Bedoya Pulgarín obtuviera la calidad de estudiante, se aceptó una solicitud de reingreso (2018) sin haberse presentado formalmente una solicitud y no se exigió el requisito de segundo idioma exigido para los estudiantes reingresados con posterioridad al 2006.