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¿Expropiación exprés de tierras? ABC de ley agraria en Colombia por ministro Cristo

Juan Fernando Cristo, ministro del Interior, indicó que la decisión sobre la expropiación exprés solo la tomarán los jueces de la República con segunda instancia en tribunal.

¿Expropiación exprés de tierras? ABC de ley agraria en Colombia por ministro Cristo

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Juan Fernando Cristo. EFE/ Ministro del Ministerio del Interior

El Gobierno Nacional radicó este martes ante el Congreso el proyecto de ley ordinaria que reglamenta la Jurisdicción Agraria y Rural en Colombia, una propuesta que tiene como finalidad avanzar en el cumplimiento del Acuerdo de Paz firmado en 2016 con la desmovilizada guerrilla de las FARC.

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Esta iniciativa se convierte en el primer proyecto de ley presentado en el actual periodo legislativo y tendrá su primer debate en la Comisión Primera del Senado. De acuerdo con el texto, esta ley plantea “una justicia especial para el campo” que se ajuste a sus necesidades relacionadas con posesión y tenencia de la tierra, servidumbres agrarias, deslinde y amojonamiento de predios agrarios, entre otros.

La posibilidad de adoptar una nueva Jurisdicción Agraria y Rural en Colombia volvió a avivar el debate público sobre la expropiación exprés de tierras. La congresista del Partido Verde Katherine Miranda fue una de las primeras en criticar la propuesta señalando que se está intentando incluir la expropiación.

Según Miranda, el artículo quinto del proyecto establece que “las actividades de reforma agraria y desarrollo rural son de utilidad pública e interés social”, lo que, en su opinión, podría ser interpretado como una base legal para la expropiación de tierras fértiles en el país.

Al respecto, el ministro del Interior Juan Fernando Cristo, que estuvo presente en la radicación del proyecto, negó que este tenga el propósito de implementar una expropiación exprés e invitó a todos los sectores políticos a leer el contenido de la ley agraria:

¿Quién resolverá la expropiación exprés en Colombia?

“Vale la pena invitar a un debate sereno y tranquilo. Lo primero, explicarle a los oyentes sobre qué trata el proyecto de ley de jurisdicción agraria que es uno de los compromisos fundamentales establecidos en el Acuerdo de Paz del año 2016, o sea de hace 8 años, que no había cumplido el Estado colombiano. Este proyecto surge de la aprobación del Acto Legislativo que creó la jurisdicción agraria en Colombia que se presentó al comienzo del gobierno Petro, después se aprobó una ley estatutaria que creó la estructura de la ley y que se concertó en el Congreso de la República y con las altas cortes, y que finalmente, determinó la creación de unos tribunales agrarios en todo el país”.

Según explicó Cristo, la jurisdicción agraria promueve mecanismos de justicia ágiles y de fácil acceso para las poblaciones rurales en los que se puedan tramitar conflictos agrarios que han estado presente en los 60 años de conflicto armado.

En ese sentido, el proyecto establece las competencias de los jueces agrarios y el tipo de conflictos que resolverán con relación a las actividades de producción agrarias. De acuerdo con Cristo, los jueces serán la autoridad encargada de tomar de decisiones sobre la expropiación con segunda instancia en tribunal:

“La figura de la expropiación existe desde 1936″

“El origen del conflicto armado en Colombia, la última etapa del conflicto, tiene que ver precisamente con la disputa por la tierra. Entonces, lo que vamos a tener los colombianos, cuando el Congreso de la República así lo decida durante este semestre, es que el año entrante después de 60 años de conflicto que comenzó en 1964, vaya a haber jueces que resuelvan esos conflictos y que se pongan al servicio de la justicia para poder traer paz y reconciliación en esas zonas, que ayude a resolver los temas y reclamaciones que durante muchos años han tenido los campesinos de Colombia”.

El ministro recordó que en Colombia, la figura de la expropiación en función social de la propiedad existe desde 1936 en el gobierno de Alfonso López Pumarejo y fue tipificada en la ley 160 de 1993 en el mandato del expresidente César Gaviria:

“Nosotros estamos tranquilos con ese proyecto, fue socializado con los sectores y el trabajo de la ministra de Justicia y la ministra de Agricultura alrededor de la iniciativa fue muy serio. Son juristas que conocen muy bien el tema, pero, sin embargo, si obviamente hay preocupaciones para eso está la discusión en el Congreso de la República y el Gobierno está dispuesto a revisar el tema”.

Función de la Agencia Nacional de Tierras (ANT)

Con relación a la labor de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en la resolución de procedimientos especiales como las expropiaciones exprés, Cristo puntualizó que la ANT únicamente evaluará si un predio es apto o no para su adquisición por parte del Estado:

“La decisión final no la toma la ANT. Si en algún momento ve que hay predios que no se están utilizando apropiadamente en el país que pueden servir para ampliar la frontera agrícola, para ponerlos a producir, para distribuirlos entre los campesinos y cumplir con el compromiso del Acuerdo de Paz de lograr una distribución de tres millones de hectáreas en Colombia, si considera que esa es una tierra que se puede comprar, la ANT expide una resolución declarando que ese predio puede ser objeto de expropiación y el juez de la República es el que toma la decisión en primera instancia teniendo además la posibilidad de una segunda instancia y con indemnización, de comprar el predio o no”.

El funcionario reiteró que en ningún caso, la expropiación exprés busca saltarse la instancia judicial, todo lo contrario, dispondrá de tribunales agrarios en todo el país, especialmente en las zonas donde el Estado está ausente, lo cual descarta que sea un proceso solo administrativo:

“Invitamos eso sí, a un debate que no estigmatice a los campesinos de Colombia, que no estigmatice una iniciativa que tiene que ver con el plan de choque de la implementación del Acuerdo de Paz y yo creo que eso hace parte de la construcción de consensos”, culminó el ministro del Interior.

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