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Requisitos para tener derecho a una garantía de pensión mínima, según Ministerio de Justicia

¡Tome nota! Este es un tipo de pensión de vejez que tiene unas condiciones y requisitos diferentes a la liquidación de los demás tipos de pensiones. Conozca aquí por qué y cuáles son estos requisitos.

Adulta mayor viendo el paisaje y al lado billetes colombianos y monedas (Fotos vía Getty Images)

Adulta mayor viendo el paisaje y al lado billetes colombianos y monedas (Fotos vía Getty Images)

En el territorio colombiano, según indica la Ley 100 de 1993, todos los ciudadanos tienen derecho a realizar aportes para su pensión de invalidez, vejez, familiar o sobrevivencia; pues es un factor fundamental para la época de jubilación de cada persona, ya que asegura una vejez digna y con condiciones económicas estables, así como un respaldo en caso de que ocurra un incidente y la persona no pueda continuar con su vida productiva.

A su vez, dependiendo del tipo de pensión que las personas reciban, se deben cumplir ciertos requisitos de edad, tiempo laborado, aportes, entre otras condiciones que pueden variar según el fondo de pensiones al que esté afiliado y la categoría de este dentro del Sistema General de Pensiones colombiano.

Sin embargo, hay opciones distintas para las personas que no logran completar la totalidad de dichos requisitos y una de ellas es la garantía de pensión mínima en la vejez, por lo que aquí le contamos de qué se trata y cuáles son los requisitos según la ley colombiana:

¿Qué es la garantía de pensión mínima?

De acuerdo con el sitio web oficial del Ministerio de Justicia y del Derecho, la garantía de pensión mínima es una pensión que se otorga a las personas que son afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que es administrado por las sociedades administradoras de fondos de pensiones (AFP), más conocidas como los fondos privados de pensiones, que, al cumplir la edad de pensión no cuentan con el capital necesario para generar la pensión de vejez, por lo que  no alcanzan los requisitos. Sin embargo  en la garantía de pensión mínima el Estado asume lo que hace falta para obtener dicha pensión.

Requisitos para tener derecho a la garantía de pensión mínima

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Tal como indica esta misma entidad, los requisitos para acceder al reconocimiento de la garantía de pensión mínima son los siguientes:

  • Tener 57 años si es mujer o 62 años si es hombre.
  • No contar con el capital suficiente para financiar una pensión de vejez.
  • Contar con mínimo 1.150 semanas cotizadas.

A su vez, “tenga en cuenta que esta pensión la reconoce el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien completa el capital necesario para garantizar una pensión de un salario mínimo”, como menciona la entidad. Además, esta mesada pensional no puede ser inferior a 1 salario mínimo legal mensual vigente.

¿Qué hacer si quiere acceder a este beneficio?

Si no cumplió el capital necesario para pensionarse pero sí cumple con los demás requisitos, deberá presentarse ante el Fondo Privado de Pensiones al cual se encuentra afiliado, llevar copia de la cédula de ciudadanía, certificado de cuenta de ahorros, que puede abrir por internet, relación de beneficiarios y firmar los formatos establecidos por el fondo de pensiones. Sin embargo, tenga en cuenta que el fondo privado cuenta con 4 meses para emitir una respuesta al respecto.

¿Cómo calcular su mesada pensional?

Si usted desea hacer su propio cálculo con sus ingresos actuales y obtener un informe detallado con las semanas le restan para pensionarse por vejez, el valor de la pensión mensual estimada al momento de su jubilación y hasta una proyección de su edad de pensión en Colombia, dé clic en este enlace y conozca el paso a paso para calcularla fácil y rápido.

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