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Lo que sí y lo que no le pueden exigir con un contrato de prestación de servicios en 2024

Esto es lo que debe saber sobre los contratos por prestación de servicios y que no le exijan lo que no deben.

Esfero sobre una hoja, en una mesa. (Foto: Getty Images)

Esfero sobre una hoja, en una mesa. (Foto: Getty Images) / Prapass Pulsub

En Colombia, gran variedad de empresas utilizan el contrato de prestación de servicios como una forma de contratar personal que realice ciertos trabajos específicos; este tipo de contrato es una forma de establecer un acuerdo legal entre la empresa y el trabajador independiente, y prestar un servicio durante un período determinado. Aunque estos no son tan comunes, se han usado un poco más que anteriormente, ya que ofrecen algunos beneficios tanto para la empresa, como para el trabajador.

Un aspecto importante es que este tipo de contrato es de índole mercantil, por lo tanto, no existe una relación laboral, pues el prestador del servicio tiene cierta autonomía al momento de ejercer su trabajo, cumpliendo y respetando siempre las normas ofrecidas por el cliente.

Esto es lo que le pueden exigir en un contrato por prestación de servicios.

¿Qué es un contrato de prestación de servicios?

Según el Artículo 34 del Código Sustantivo de Trabajo, en este tipo de vínculo el contratista se encarga de “la ejecución de una o varias obras o la prestación de servicios en beneficios de terceros, por un precio determinado, asumiendo todos los riesgos, para realizarlos con sus propios medios y con libertad y autonomía técnica y directiva”. Allí, el empleador establece un acuerdo con el trabajador, en donde establecen términos y condiciones de su relación, incluyendo el salario y la duración del contrato.

Bajo un contrato por prestación de servicios, el contratista:

  • No se encuentra obligado a cumplir con un horario.
  • Puede realizar sus funciones sin estar bajo un régimen subordinado, como el contrato laboral.
  • Debe asumir su afiliación a EPS, fondo de pensiones y cesantías, ARL y caja de compensación familiar.

¿Qué debe tener un contrato por prestación de servicios?

1. Tiempo:

Debe indicar el tiempo de duración de los servicios que se prestarán, siendo como opción hasta cuando el servicio finalice, un tiempo determinado, un servicio continuo y por mucho tiempo.

2. Fechas relevantes:

Debe indicar la fecha de inicio del servicio, y, en caso de ser un servicio con duración determinada, debe establecer también la fecha de terminación.

Puede leer:

3. Descripción del servicio:

Este debe definir la dirección en donde realizará el servicio.

4. Información de proveedor y cliente:

Es necesario que el contrato especifique si las partes son una persona o una empresa, incluyendo los nombres, NIT o cédula de ciudadanía, direcciones, y número de teléfono.

5. Compensación económica:

Debe establecer los términos relacionados con el pago, los cuales dependerán de lo que elija el empleador, ya sea, un pago completo por el servicio, por horas, entre otras formas.

6. Términos del acuerdo:

Todo contrato de prestación de servicios debe incluir los términos y condiciones de la relación entre el empleador y el trabajador.

¿Qué no le pueden exigir en un contrato por prestación de servicios?

Al ser un contrato en donde el trabajador tiene independencia sobre sus responsabilidades, no pueden exigirle lo siguiente:

  1. Subordinación: cumplimiento de un horario fijo, y recibir órdenes directas en cuanto a la ejecución de su trabajo.
  2. Dependencia económica: el trabajador tiene la capacidad de prestar servicios a otras personas, es decir, no debe depender únicamente del contratante para generar sus ingresos.
  3. Relación laboral: no se puede incluir cláusulas que generen algún tipo de relación laboral, como prestaciones sociales, vacaciones, etc.

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