Cartagena

Seis años de prisión domiciliaria a Héctor Consuegra, excontralor electo de Cartagena

Se determinó que no informó al Concejo Distrital sobre su inhabilidad e indujo en error a la plenaria

Héctor Consuegra Salinas

Héctor Consuegra Salinas

Cartagena

Luego de evaluar las pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena condenó a 6 años de prisión a Héctor Rodolfo Consuegra Salinas, quien fue elegido Contralor de esa ciudad en julio de 2020 por el Concejo Distrital.

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El fallo avaló el recurso de apelación presentado por una fiscal de la Unidad de Administración Pública y revocó la decisión de primera instancia proferida en junio de 2023, por un juzgado de conocimiento que en su momento lo absolvió por el delito de fraude procesal.

Las pruebas aportadas en juicio fueron determinantes para probar que Consuegra Salinas, antes de ser elegido ocupaba un cargo público en la rama ejecutiva del orden distrital y por lo tanto no podía ostentar el cargo de contralor. Este hecho violaba uno de los principios del artículo 272 de la Constitución Política que exige que dentro del último año, ningún candidato a contralor debe haber ocupado cargos públicos en el nivel ejecutivo del orden departamental, distrital o municipal.

El ente investigador estableció que el hoy sentenciado no le informó a la corporación administrativa de su inhabilidad e indujo en error a la plenaria, para que su nombre fuese escogido en la sesión del 14 de julio de 2020.

Tras las alertas que se presentaron por dichas irregularidades, el Concejo Distrital se rehusó a posesionarlo y luego de una demanda que interpuso un particular ante el Tribunal Administrativo de Bolívar, se decretó la suspensión provisional de ese nombramiento.

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El hoy sentenciado renunció entonces al cargo para el que fue elegido. Por disposición de un magistrado, la condena de Consuegra Salinas se llevará a cabo en su lugar de domicilio.

Además, deberá cancelar el pago de una multa de 200 salarios mínimos legales vigentes y cumplir con una inhabilidad por cinco años para el ejercicio de sus funciones públicas.

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