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Estos son los tipos de régimen pensional en Colombia: ¿Cambiarían con la nueva reforma?

La reforma busca que los fondos privados y el sistema público, administrado por Colpensiones, se complementen por medio de 4 pilares. Le explicamos:

Reforma pensional 2024. Imagen de referencia vía Getty Images

Reforma pensional 2024. Imagen de referencia vía Getty Images

La reforma pensional propuesta por el Gobierno de Gustavo Petro sigue su curso en el Congreso de la República y ahora deberá pasar por dos debates en la Cámara de Representantes, antes del 20 de junio, para convertirse en ley.

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En caso de ser aprobada en su totalidad en esta corporación, el proyecto entraría en vigencia el 1 de julio del 2025. Con su aprobación en la plenaria del Senado, surgió una serie de mitos sobre la reforma, como que se eliminarán los fondos privados en Colombia.

Según expresó el presidente Petro, este proyecto busca que los fondos privados y el sistema público se complementen y se elimine la competencia entre ellos, que ha generado desequilibrio en el sistema financiero. En ese sentido, los fondos privados seguirán siendo manejados por sus actuales propietarios y “las cuentas ya existentes que suman 400 billones de pesos seguirían siendo manejadas por los actuales propietarios”.

De acuerdo con los argumentos del Gobierno Nacional, ambos regímenes conceden mesadas pensionales muy diferentes para personas con las mismas condiciones de cotización y de edad. Además, los fondos privados, que reciben mayoritariamente los recursos de las cotizaciones, no están pensionando. Y el régimen público es el que está asumiendo el pago de las pensiones, pero sin los ingresos suficientes por cotizaciones.

Tipos de régimen pensional

Para entender mejor el panorama, vale aclarar que en Colombia, el Sistema General de Pensiones garantiza a la población un amparo contra contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, a través de pensiones y prestaciones sociales. Actualmente, este sistema está compuesto por dos regímenes solidarios:

  • Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RPM) administrado por Colpensiones.
  • Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), administrado por las sociedades administradoras de fondos de pensiones (AFP), el cual está basado en el ahorro proveniente de las cotizaciones y sus respectivos rendimientos financieros.

Ahora bien, en Colpensiones para acceder a la pensión por vejez, las mujeres deben tener 57 años y los hombres 62; además deben cumplir con 1.300 semanas cotizadas, mientras que en el fondo privado se necesitan 1.150 semanas (22 años).

Teniendo lo anterior en cuenta, para lograr una administración efectiva del sistema pensional, el Gobierno incluyó cuatro pilares en la reforma, los dos primeros manejados por el gobierno, el tercero por una combinación complementaria del sector público y privado y el cuarto por el sector privado.

Pilares del nuevo sistema pensional

Pilar Solidario

Mediante el cual se beneficiará a 2,5 millones de adultos mayores de edad que viven en la pobreza y que no tienen posibilidades de alcanzar la pensión. Estos abuelos y abuelas recibirían una renta mensual de $223.000.

“Este primer pilar es, por ejemplo, para quienes trabajaron en su hogar como amas de casa, por ejemplo, y nunca cotizaron”, detalló el presidente Petro.

Pilar semicontributivo

Este pilar está destinado a aquellos trabajadores que cumplen con la edad de pensión, pero que no alcanzan las semanas cotizadas. Para estos se contempla una renta vitalicia.

“Renta pensional, compuesta por los ahorros que hayan tenido en Colpensiones (fondo público), y un subsidio que les entregará el Estado de hasta el 30 % en el momento de cumplir su edad de retiro”, indicó.

Pilar contrivutivo

Este está destinado a los empleados que coticen entre uno y hasta 2,3 salarios mínimos mensuales, que estarán en Colpensiones. Por encima de este monto podrán escoger un fondo privado.

“Se les garantizará el derecho a la pensión, según las semanas que tengan cotizadas y la edad, de acuerdo con las normas vigentes”, explicó el primer mandatario.

Pilar complementario de ahorro voluntario

Este pilar está pensado para los trabajadores que busquen mejorar su ingreso pensional. “Ellos y ellas cotizarán hasta 2,3 salarios mínimos (...) a Colpensiones, pero se les garantiza la posibilidad de cotizar los excedentes en el fondo privado de pensiones de su elección, y según su nivel de ingreso”, concluyó.

¿Desaparecerán los fondos privados?

Otro de los artículos aprobados en la reforma que han causado incertidumbre fue el de la fijación del umbral de 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes para cotizar a Colpensiones.

Aunque con este umbral el Gobierno busca generar un mayor recaudo para el sistema público pensional, y disminuir el déficit en el sector, expertos señalan que con esto entrarán más recursos al fondo público, poniendo en vilo a los fondos privados.

En diálogo con Caracol Radio, el economista y expresidente de Colpensiones, Mauricio Olivera, indicó que uno de los riesgos de subir el límite del umbral es que en Colpensiones la pensión no se liquida basado en lo que se ahorra, sino en el promedio salarial de los últimos 10 años:

“Lo que las personas ahorran no alcanzan para pagar esa pensión, es decir, hay un subsidio, entonces cuando las personas se vayan a pensionar en el futuro va a haber una deuda mayor. Hoy van a haber más subsidios y la pensión hoy será un poco más alta, pero para nuestros hijos y nietos habrá una deuda mayor y puede que no sea sostenible en el tiempo y eso debería ser tenido en cuenta por el presidente”.

Otro punto que resaltó Olivero es que con el umbral de 4 salarios mínimos casi que los fondos desaparecen porque muy pocas personas en el país ganan por encima de este salario“Como van a ser los fondos complementarios los privados casi que van a desaparecer, en este momento más del 90% de los trabajadores colombianos ganan 4 o menos y eso creo que es por eso hay que buscar equilibrio entre mercado y Estado”.

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