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Ley Estatutaria para la Educación quedó a 6 artículos de superar segundo debate

El debate en plenaria de Cámara de Representantes se suspendió cuando ya se había aprobado el 85% del artículado.

Discusión de la reforma a la salud en la plenaria de la Cámara de Representantes. Foto: Colprensa.

Discusión de la reforma a la salud en la plenaria de la Cámara de Representantes. Foto: Colprensa.

Continua el avance del proyecto de Ley Estatutaria que el gobierno del presidente Petro radicó en el Congreso de la República. Este miércoles se aprobaron, en la plenaria de la Cámara de Representantes, 36 artículos y se cayó 1 numeral de la ponencia para segundo debate que contiene 43 puntos. Con este proyecto se busca que la educación se convierta en un derecho fundamental en Colombia.

Luego de que durante la mañana se avanzó en la discusión y votación de 12 artículos, por la agenda y los acuerdos que realizaron los representantes se suspendió el debate de la Ley Estatutaria. “Se suspende la discusión y votación de la Reforma a la Educación y continuamos con el debate de control político de las vías 4G en el departamento de Antioquia”, manifestó Andrés Calle, presidente de la corporación.

Es preciso referenciar que, hasta ahora solo se ha caído un artículo de los 43 que contiene la ponencia para este segundo debate y estaba relacionado con asuntos presupuestales para la educación.

“El presupuesto de gastos se compondrá de los gastos de funcionamiento, del servicio de la deuda pública y de los gastos de inversión. Cada uno de éstos gastos se presentará clasificado en diferentes secciones que corresponderán a: la Rama Judicial, la Rama Legislativa, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral, una (1) por cada ministerio, departamento administrativo y establecimientos públicos y el Sistema Educativo Indígena Propio, una (1) para la policía nacional y una (1) para el servicio de la deuda pública. En el proyecto de presupuesto de inversión se indicarán los proyectos establecidos en el Plan Operativo Anual de Inversión, clasificados según lo determine el Gobierno. En los presupuestos de gastos de funcionamiento e inversión no se podrán incluir gastos con destino al servicio de la deuda”, se lee en el artículo 42 que finalmente fue eliminado por la Cámara de Representantes.

De esta manera, resta todavía que se discuta y se decida sobre 6 artículos. Además, para que el proyecto de Ley Estatutaria se convierta en ley también deberá superar dos debates más en el Senado de la República y estas discusiones se deben surtir en la misma legislatura para que el proyecto no se hunda.

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