Gobierno Nacional fijó el calendario tributario que regirá en el 2024
Este precepto establece los días que los ciudadanos deben tener en cuenta al momento de cumplir con sus obligaciones como contribuyentes durante el próximo año
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Con la expedición del decreto 2229 el pasado 22 de diciembre, el gobierno se propone ser más eficiente al momento de llevar a cabo la recaudación fiscal, simplificando los procesos y facilitando que los ciudadanos puedan cumplir con sus obligaciones dentro de los plazos establecidos.
Por otra parte, esta normativa establece los días hábiles en los que los contribuyentes deben realizar sus pagos, cabe recordar que varían de acuerdo con el tipo de tributo o de la actividad económica que desempeñen.
Según determinaron las autoridades tributarias, quienes se encuentran clasificados como sucesiones ilíquidas y personas naturales tendrán plazo de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta al año gravable 2023 y pagarla desde el 12 de agosto, hasta el 24 de octubre de 2024.
Las fechas establecidas en el calendario son aplicables a los ciudadanos nacionales con responsabilidades tributarias que residen en el exterior, estas estarán determinadas por los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).
Del mismo modo determinó que teniendo en cuenta la declaración de activos en el exterior, las personas jurídicas y los grandes contribuyentes con activos superiores a más de $94.130.000, equivalente a 2000 Unidades de valor tributario tendrán fechas específicas para cumplir con sus respectivos pagos.
Adicionalmente, las fechas dispuestas para que los grandes contribuyentes cumplan con sus responsabilidades tributarias van desde el 9 hasta el 22 de abril de 2024, por otra parte para las Personas Jurídicas, el plazo se mantendrá del 10 al 24 de mayo de 2024.
Estos deberes también deben ser cumplidos por parte de las personas naturales que,dispongan el mismo patrimonio,podrán efectuar su pago a partir del 12 de agosto y hasta el 24 de octubre de 2024 para realizar su declaración.
Cabe señalar que es de vital importancia que los contribuyentes señalen estas fechas en sus calendarios para prevenir incumplimientos que puedan acarrear sanciones. Los vencimientos definidos en el Decreto 2229 pueden consultarse en el calendario tributario: https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2024.pdf.