Gobierno debe reglamentar dispositivos de alerta para víctimas de violencia intrafamiliar
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio tres meses de plazo al ejecutivo para cumplir con esa responsabilidad
JUDICIAL
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le un dio plazo de tres meses al gobierno Nacional para reglamente el uso de dispositivos de alerta para víctimas de violencia intrafamiliar.
Los magistrados le dieron la razón al demandante porque el Ejecutivo incumplió y lleva dos años sin ejecutar esa responsabilidad.
Resulta que la ley 2126 que regula el funcionamiento de la Comisarías de Familia entró en vigencia en el año 2021, y esa ley en su artículo 18 tiene un parágrafo que ordena al Presidente de la República, que a través de los ministerios de Justicia y del Interior expidan la reglamentación para que víctimas de violencia intrafamiliar puedan utilizar un dispositivo que alerte a la Policía cuando el agresor esté cerca.
ART 18 “b) Ordenar al agresor abstenerse de aproximarse a la víctima, lo que lo obliga a alejarse de ella en cualquier lugar donde se encuentre. Cuando los antecedentes o gravedad de las amenazas puedan poner en peligro la vida o integridad personal de la víctima o la de sus hijos, se ordenará la utilización de un dispositivo de distanciamiento y alerta de aproximación. Este dispositivo será sufragado por el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Fonset) de la entidad territorial del orden departamental donde se ejecute la medida.
PARÁGRAFO 4o. El Gobierno nacional a través del Ministerio de Justicia y del Derecho y el Ministerio del Interior reglamentarán la utilización de los dispositivos de distanciamiento y alerta de aproximación de que trata el literal b), los cuales deben funcionar a través de sistemas de seguimiento por medios telemáticos y expedirán los protocolos exigibles para su funcionamiento. La reglamentación deberá tener en cuenta el acompañamiento de la Policía Nacional a la víctima en los casos de utilización de los dispositivos, para garantizar la efectividad de la medida y los derechos de los ciudadanos”.
El Tribunal al solicitar explicaciones a esa demanda de incumplimiento, la Presidencia de la República respondió que eso no era con ellos, lo mismo contestó el MinInterior.
Y el ministerio de Justicia respondió que ya hay un borrador, pero que se necesita evaluar el tema presupuestal y los diseños y operación de esos dispositivos.
El Tribunal, al analizar el caso, le recordó a la Presidencia y al mininterior que la reglamentación de las normas son asuntos que sí le competen al gobierno.
También determinó el Tribunal que “la obligación es clara (no da lugar a equívocos ni ambigüedades)”, y el gobierno debe otorgar las herramientas de prevención y protección a las víctimas de violencia intrafamiliar, tal y como lo estipula esa ley de las Comisarías de Familia.