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Conflicto ambiental en zona de influencia de Puerto Bahía desata controversia

No se estarían teniendo en cuenta a las comunidades vecinas que dependen de actividades pesqueras a lo largo del Canal del Dique

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En la comunidad de la vereda Bajos del Tigre, jurisdicción de Pasacaballos, en la directa zona de influencia de la Sociedad Portuaria Puerto Bahía (SPPB), se ha desencadenado un intenso debate.

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A pesar de que esta empresa ha sido un actor clave en la región, no se han tenido en cuenta las repercusiones reales que está generando en el ecosistema y en las comunidades vecinas que dependen de actividades pesqueras a lo largo del Canal del Dique, Bahía Honda y Bahía de Cartagena.

Actualmente, la SPPB está gestionando ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) una modificación de su licencia ambiental. Esta acción conlleva un aumento en la acumulación de impactos ambientales en la zona, la cual sufrió una modificación en el año 2007 mediante el Acuerdo 033 del Concejo Distrital de Cartagena de Indias.

Sin embargo, es importante señalar que este acuerdo, que permitió la construcción del muelle Puerto Bahía, fue objeto de una revocación en la sentencia del 28 de marzo de 2014 por parte del Tribunal Administrativo de Bolívar. Esta decisión fue confirmada por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en la sentencia No 0384 de 2019 del 18 de octubre.

De acuerdo con David González Cardales, gestor social y defensor de derechos humanos, recalcó que se debe tener en cuenta la afectación que sufren las comunidades pesqueras.

“Es fundamental recordar que el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Cartagena de Indias, mediante el Decreto 0977 de 2001, considera la Bahía de Cartagena como área protegida y, en particular, la Ciénaga de Honda, ubicada en la parte norte de la isla de Barú”, dijo Cardales.

En este contexto, explicó que la modificación excepcional aprobada por el Concejo Distrital de Cartagena compromete gravemente esta zona. “Según lo establecido en la sentencia 0384 de 2019 del Consejo de Estado, no se pueden desarrollar actividades que difieran de lo establecido en el POT de 2001, de acuerdo al Decreto 0977″, dijo.

En resumen, la Sociedad Portuaria Puerto Bahía se encuentra limitada en su capacidad para realizar cualquier tipo de modificaciones en función de estos antecedentes legales y ambientales. “Pedimos un pronunciamiento a Planeación Distrital que tiene las denuncias hechas por el Consejo Comunitario de Bajo del Tigre”, dijo.

Así mismo, Elder Medina, representante legal del Consejo Comunitario del Consejo Comunitario de Comunidades Negras del Bajo del Tigre y Concordia (Cocobaticon) en un derecho de petición enfatiza a Planeación Distrital dé una respuesta oportuna.

“¿Cuál es la posición de Planeación Distrital de Cartagena, teniendo en cuenta que la Sociedad Puerto Bahía (SPPB) está tramitando ante la ante la ANLA, la modificación de la licencia ambiental?”, es la pregunta sin respuesta.

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