Cuántas horas se debe trabajar por ley en Colombia
La entrada en vigencia de una nueva ley en Colombia modificó la jornada laboral. Conozca cuántas horas debería trabajar, pues es probable que esté laborando más de lo indicado por la legislación.
El 15 de julio de 2023 entró en vigencia la ley 2101 de 2021, que aplicó una modificación al sistema laboral colombiano a favor de los trabajadores. Con esta decisión legal se aprobó la reducción paulatina de la jornada laboral del país.
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La medida se aplicará de forma progresiva entre los años 2023 a 2026 y busca pasar de 48 horas de trabajo semanales (la anterior jornada laboral que estaba regulada por la ley) a 42 horas semanales.
Pese a que la ley estaba aprobada por el Congreso de la República desde el año 2021, el proceso de su regulación y del desarrollo de las condiciones para su implementación dio vía libre para que hasta 2023 iniciara su aplicación.
Por esta razón, a partir del 15 de julio de 2023 los trabajadores colombianos ya no tendrán que trabajar 48 horas mínimas semanales, para el caso de los contratos de tiempo completo, su jornada se reduce a 47 horas de trabajo por cada semana.
Sin embargo, la medida no aplica para todos los trabajadores. Existe una serie de excepciones para los empleados de algunos sectores específicos de la economía nacional.
¿Cómo se reducirá la jornada laboral en los próximos años?
La mencionada Ley 2101 de 20221, para evitar choques en el sistema laboral y económico colombiano, consideró una escala de reducción de la jornada laboral, que se aplicará de forma progresiva durante cuatro años, hasta llegar al número máximo de 42 horas semanales de trabajo.
Por esa razón, desde julio de 2023 usted, por ley, solo debe trabajar 47 horas laborales. Y en los años siguientes el número de horas que deberá trabajar en la empresa a la que esté vinculado se deben reducir así:
- Año 2024: una hora menos, respecto a 2023 (46 horas semanales).
- Año 2025: dos horas menos respecto a 2024 (44 horas semanales).
- Año 2026: dos horas menos respecto a 2025 (42 horas semanales).
La reducción en las horas se aplicará durante los años siguientes en la misma fecha en la que entró en vigencia la primera reducción: el día 15 de julio de cada año.
Por el momento, al solo tener la reducción de una hora de trabajo para quedar en 47 laborales a la semana, como dicta la ley, cada trabajador debe llegar a un acuerdo con su empleador, jefe inmediato o persona a cargo de la gestión humana en la empresa a la que pertenezca.
Del acuerdo debe quedar constancia de qué día de la semana el trabajador decide laborar una hora menos que los demás días. Esto, considerando que según el Código Sustantivo del Trabajo la jornada laboral en Colombia no puede ser menor a cuatro horas ni mayor a nueve horas diarias.
¿Quiénes deben trabajar más horas de las que indica la ley?
Aunque la Ley 2101 modifica el número de horas laborales de los trabajadores afiliados al sistema productivo del país, hay unos casos específicos en los que este modificación no aplica, opera de una forma distinta y pone a los trabajadores en condiciones laborales diferentes respecto a su horario.
Tal es el caso de los adolescentes entre 15 y 17 años de edad que laboran con algún tipo de permiso especial. Estos solo podrán laborar en jornada diurna y sin superar las 40 horas de trabajo semanales, para evitar que el trabajo interfiera con otros factores de su desarrollo como el acceso a la educación.
Para el caso de las ocupaciones laborales que el Gobierno Nacional considere como insalubres o peligrosas para la integridad y la vida de los trabajadores, el Estado podrá apelar por una reducción de la jornada laboral anexa que atienda las condiciones de trabajo de las personas.
Con la aplicación de esta nueva norma, el número de horas laborales al mes se reduce a 168 en total. Teniendo en cuenta que su jefe le debe asegurar mínimo un día de descanso dominical (sábado o domingo), sin que afecte su salario.
En caso de que tenga que trabajar durante los días de descanso, usted debe recibir un pago por valor del 175% del costo de su hora de trabajo, que corresponde al 100% de la hora o día de trabajo laboral ordinario y un 75% de retribución anexa por ser día de descanso.
Haga cuentas, sume cuántas horas está trabajando al día y acuerde con su jefe cuándo trabajará una hora menos, como lo indica la ley, para que no se pase de las 47 horas semanales sin remuneración de horas extras.