Economía

Disminución de jornada laboral no reducirá el salario: MinTrabajo

La Ley modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y establece la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo de 42 horas a la semana

Foto de: MinTrabajo

Foto de: MinTrabajo

El Ministerio del Trabajo, afirmó este lunes que los salarios de los trabajadores deberán mantenerse con la reducción de la jornada laboral, que empezará a regir el domingo 16 de julio de 2023.

En Colombia empezará a reducirse la semana laboral de manera gradual, sin afectar los derechos adquiridos y las garantías de los trabajadores, es decir se podrá laborar hasta 47 horas semanales.

El viceministro de Relaciones Laborales e Inspección del Ministerio del Trabajo, Edwin Palma, explicó que el cambio será de manera gradual así: desde el próximo 16 de julio de 2023, una hora; desde el día 16 de julio del año 2024, será de 46 horas; en el día 16 de julio del año 2025, pasará a 44 horas y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de 42 horas semanales máximas.

“Los empleadores podrán decidir o acordar antes una jornada máxima semanal, distinta, pero siempre inferior y sin disminuir salarios”, afirmó Palma.

Dijo, que la ley 21 del año 2021 se refiere a la jornada laboral máxima de los trabajadores del sector privado, es decir, a las personas naturales que han suscito contratos laborales con empresas privadas y no aplica para los servidores públicos, salvo lo que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan bajo el Código Sustantivo del Trabajo.

Aclaró, el viceministro de Relaciones Laborales que esta ley tan poco afecta o modifica las jornadas laborales de los trabajadores con horarios especiales, como los de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio del Trabajo.

Lo que permite esta ley, dijo Palma, es que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, dará más tiempo libre a los trabajadores y mejorará la productividad en las empresas.

“Es importante informar que la disminución de la jornada laboral en una hora y de forma gradual, implica el aumento de la hora diaria de trabajo ya que el empleado continuará devengando esa remuneración y los empleadores deberán realizar el cálculo de la nueva hora de trabajo, para liquidar el valor de las horas extras, los recargos nocturnos, dominicales y festivos”, dijo el viceministro de Relaciones Laborales.

Señaló, que esta ley no tendrá modificación alguna en la reforma laboral que será propuesta por el Gobierno Nacional, a partir del 20 de julio del presente año.

Finalmente, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, precisó: “No es perjudicial para aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción de la jornada máxima propuesta por la norma y se recuerda, que la reducción de jornada no implica una disminución salarial”.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad