Sometimiento de bacrim: Condenados podrán solicitar libertad condicional
Quienes estén pagando penas superiores a ocho años cumplan con una serie de requisitos y un proceso de verificación de la información que entreguen a la justicia
Judicial
Integrantes de bandas criminales que hayan sido condenados podrán pedir la libertad condicional, pero, solo un año después de haber firmado el acta individual y los requisitos exigidos para acceder a ese beneficio.
El artículo 17 del proyecto de ley que presentó el gobierno nacional establece las condiciones para que los condenados puedan someterse, y el artículo 18 se refiere a la posibilidad de solicitar la libertad condicional.
Este último artículo dice que, quienes hayan sido condenados por un periodo igual o superior a ocho años de prisión podrán solicitar la libertad condicionada un año después del momento de la firma del acta individual de sujeción y garantías de no repetición.
A partir de esa firma deberá esperar al menos un año hasta que la Fiscalía verifique si el sometido cumplió.
“Si un condenado a 40 años y lleva 10 o 12 años, previo cumplimiento podría solicitar la libertad, pero, tendría un periodo de cuatro años de pena restaurativa. Si no cumple, pierde el beneficio y se reactiva la condena original”. Dijo a Caracol Radio el representante a la Cámara Alirio Uribe.
La libertad provisional condicionada se aplicará hasta tanto se profiera la sentencia colectiva.
OTROS INTERROGANTES
¿El sometimiento es individual o colectivo?
No está previsto que integrantes de bandas criminales se desmovilicen de manera individual, el desmantelamiento de la banda será colectivo. En el artículo 20 se contempla actas de sujeción y no repetición que podrán ser individuales que registran la voluntad de demostrar buena conducta, la obligación de informar los movimientos de los desmovilizados.
¿Cuáles son las condiciones?
Aparecen en los artículos 10 y 11 de ese proyecto de ley. El más importante es la voluntad de desmantelar el grupo criminal, responder a las víctimas con procesos de verdad y reparación; identificar a la estructura criminal, cuántos la conforman, entregar armas, secuestrados, niños reclutados, bienes e información de desaparecidos.
¿Las víctimas pueden ser representadas por la Defensoría?
Las víctimas tienen todos los derechos consagrados en la ley 906 de 2004, que es el código de procedimiento Penal. Las víctimas tienen derecho a conocer las actas individuales y colectivas, a preguntar, a interponer recursos, a participar en audiencias y pueden ser representadas por abogados de confianza o de la defensoría pública.