Corte Constitucional amparó derechos de ganadores en la carrera judicial

Imagen de referencia(Corte Constitucional)

Según lo dio a conocer el alto tribunal, “La Constitución exige otorgar a los sujetos de especial protección constitucional un trato preferente frente a la desvinculación este trato preferente se concreta en dos deberes constitucionales de nominadores que deben ser cumplidos antes de la desvinculación: asegurar que los SEPC sean los últimos en ser desvinculados y en la medida de lo fáctico y jurídicamente posible, vincular los SEPC nuevamente en forma provisional en cargos vacantes de la misma jerarquía o equivalencia de los que venían ocupando”, señaló la Corte.
Es decir, lo que concluyó entre otras cosas la sentencia de la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, es que los derechos al mérito y el acceso a cargos públicos de un ciudadano que se postuló para un cargo, ocupando el primer puesto de la lista de elegibles, están por encima del derecho a permanecer en el empleo de aquellos que se encuentran en provisionalidad y que son considerados como sujetos de especial protección constitucional.
La corte señalo que quien es considerada como sujeto de especial protección debe ser desvinculado del cargo y quien obtuvo el primer lugar en el concurso, deberá ser nombrado en propiedad.
Cristina Martín
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