Justicia

Militares con capacidad laboral menor al 50% deberán ser reubicados y no despedidos

La disminución de la capacidad laboral no puede ser argumento para despedir a un militar

Imagen de referencia de fuerzas militares. Foto: Guillermo Legaria / AFP via Getty Images

Imagen de referencia de fuerzas militares. Foto: Guillermo Legaria / AFP via Getty Images / GUILLERMO LEGARIA

Colombia

La Corte Constitucional advirtió que los militares que tengan una capacidad laboral menor al 50% deberán ser reubicados ya que aún cuentan con capacidades y destrezas que se pueden acomodar a otro puesto diferente al que tenían.

El Alto Tribunal se pronuncio sobre este tema por el caso de una teniente de la Fuerza Aérea Colombiana que fue retirada de su cargo en 2021 por presentar una disminución del 12% de su capacidad laboral por fuertes dolores lumbares.

Por su parte, el Tribunal Médico Laboral de Revisión Miliar y de Policía afirmó que no es competente para pronunciarse sobre el retiro o reubicación de la teniente y que solo realizó la valoración de pérdida de capacidad laboral de acuerdo con la regulación vigente y los criterios médicos apropiados.

“No hay duda de que la conducta desplegada por las entidades accionadas vulneró el derecho a la estabilidad laboral reforzada de la teniente (…) Lo conducente era tomar todas las medidas necesarias para su reubicación a unas labores que garantizaran su continuidad en el servicio y se ajustaran de forma razonable a su pérdida de capacidad laboral”, afirma la sentencia.

Por eso, la Corte precisó que esta disminución laboral no puede ser argumento para no tener ninguna posibilidad de trabajo en una entidad de la magnitud de la Fuerza Aérea Colombiana.

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