Justicia

Nación deberá indemnizar con 200 SMLV a exdiputado del Valle, Sigifredo López

La indemnización corresponde a perjuicios morales por la falta de protección y cuidado para con el demandante, por parte del Estado.

Sigifredo López - Getty Images

Sigifredo López - Getty Images

El Consejo de Estado falló a favor del exdiputado del departamento del Valle del Cauca, Sigifredo López y condenó a algunas entidades estatales (Policía Nacional, el Ejército y el Ministerio de Defensa, entre otros), a repararlo económicamente con una multa de 200 salarios mínimos legales vigentes, por no haberle brindado la protección y seguridad necesaria, cuando ocupó el cargo. López fue el único sobreviviente del secuestro que se llevó a cabo por la guerrilla de las Farc en el 2002.

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"CONDENAR a la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional y al departamento del Valle del Cauca – Asamblea Departamental, al pago de la suma de cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a favor del demandante, por concepto de perjuicios morales. CONDENAR a la Nación - Ministerio de Defensa – Policía Nacional y al departamento del Valle del Cauca – Asamblea Departamental, al pago de la suma de cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a favor del demandante, por concepto de perjuicios por daño a la vida de relación", precisó el fallo.

A la Alta Corte, le correspondió resolver los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, a través de la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.

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"Se demanda la declaratoria de responsabilidad patrimonial del Estado por la supuesta omisión en el servicio de seguridad que determino´ el secuestro de un Diputado de la Asamblea del departamento del Valle del Cauca, por parte de miembros de un grupo subversivo", estableció el Consejo de Estado.

Tras esto, el demandante (Sigifredo López) reiteró que, aunque el daño fue causado por un tercero, resultaba imputable a los entes demandados, en consideración a que se configuró una falla del servicio de seguridad y protección que estaba relacionada directamente con la consumación del hecho delictivo del secuestro, lo cual hacía procedente la indemnización solicitada. 

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