Philip Morris no podrá registrar su marca Cool Menthol en Colombia
El Consejo de Estado dejó en firme la decisión de la SIC, que determinó un posible riesgo de confusión con otra marca.

Philip Morris International / AFP
La sociedad extranjera Phillip Morris Products S.A pretendía, con una demanda ante los estrados colombianos, dejar sin efectos las determinaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de negar la inscripción de Cool Menthol Stripe en el país.
La Tabaquera quería que su marca ingresara como producto de clase 34 de la clasificación internacional de Niza, que contempla productos como son tabaco (crudo o procesado), cigarros, cigarretes, tabaco de pipa, para mascar, para oler y kretek.
Sin embargo, la SIC consideró que podría haber confusión con la marca Kool, previamente registrada a nombre de la British American Tobacco (Brands) Inc.
Ante esa decisión, Phillip Morris interpuso una demanda de nulidad insistiendo en que no existía conexión entre los productos, ya que, según su criterio, se diferencian en la escritura, la pronunciación y en los elementos gráficos que los identifican.
Cuando el caso llegó al Consejo de Estado, se determinó que son los elementos de norma los que generan recordación y que alrededor de los nombres de cada uno de los productos se hace la comparación. Y, en este caso, había un vínculo gramatical, de fonética y visual, sin que haya entre ellos elementos lo suficientemente distintivos.
El fallo de los Consejeros de Estado indica que se deniegan las pretensiones de la demanda y a su vez archiva el expediente luego de las anotaciones.
“Existen similitudes sustanciales que pueden generar en los consumidores riesgo de confusión o asociación y que determinen la imposibilidad de la coexistencia pacífica, razón por lo cual se denegarán las pretensiones de la demanda, como en efecto se dispondrá en la parte resolutiva de este proveído” expresó el alto tribunal.



