Penalizar aborto por violación es inconstitucional: México
La Corte Suprema de Justicia mexicana también decidió suspender los plazos de gestación para ejercer el derecho al aborto tras una violación.
La Corte Suprema de Justicia de México declaró como inconstitucional la penalización a las mujeres que ejercían el derecho al aborto luego de haber sido víctimas de violación sexual. A su vez se suspendió la condición de plazos de gestación para ejercer la interrupción del embarazo tras una violación.
La decisión ocurre en medio de una solicitud de amparo hecha por una mujer que tiene parálisis cerebral severa, que está en condiciones de pobreza y que fue víctima de violación sexual cuando era menor de edad.
Cuando buscó abortar, el director del Hospital General de Tapachula (Chiapas) negó interrumpir el embarazo producto de la violación sexual porque estaba por fuera del plazo de 90 días después de la concepción, como lo establece la ley.
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Según la Corte, la decisión resultó en “violaciones graves a los derechos humanos de la víctima y de su madre” y por ello se exigió que sean "reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido, comprendiendo medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y de no repetición".
Ahora será la Comisión Ejecutiva Federal de Atención a Víctimas la que defina las acciones requeridas para concretar la reparación a las víctimas que se sumarán a la prestación obligatoria de tratamientos para hacer frente a las repercusiones que trajo el embarazo en su salud.