Corte Suprema ordena al Mindefensa pedir perdón por abusos en protestas
El alto tribunal también prohíbe al ESMAD usar escopetas calibre 12 en medio de manifestaciones públicas.
La Corte Suprema de Justicia ordenó al Presidente de la República, y a todas las autoridades involucradas en el manejo de las movilizaciones sociales, adoptar acciones para garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y no destructiva.
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La decisión de la Corte Suprema se dio tras resolver una tutela que interpusieron 49 personas y al evidenciar una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas.
La providencia ordena la suspensión de las escopetas calibre 12 usadas por el ESMAD, arma que provocó la muerte del joven Dilan Cruz, en noviembre de 2019, y al ministerio de Defensa pedir perdón por los excesos registrados en las protestas del año pasado y para ello tiene un plazo de 48 horas a partir de la notificación.
El Alto Tribunal exigió neutralidad del Gobierno Nacional –incluida la no estigmatización de quienes protestan–, para ello, el gobierno deberá expedir un acto administrativo en el cual ordene a todos los miembros de la Rama Ejecutiva en el nivel nacional, mantener la neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas.
También la conformación de una “mesa de trabajo” para reestructurar las directrices del uso de la fuerza.
“La protesta intolerante y violenta, no pacífica, que aboga por el discurso y la apología al odio, a la hostilidad, que patrocina la propaganda a favor de la guerra, que propende por el odio nacional, racial, religioso, y por la discriminación, o que incite a la pornografía infantil, al delito o al genocidio, no están protegidas por la Constitución Nacional”. Señala la providencia.
Entre las medidas, dispuestas por sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, está la implementación de un protocolo de acciones preventivas, a lo que denomina “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado, y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”.