Ciencia y medio ambiente

Coronavirus

Municipios no-covid podrán pedir que se levante el aislamiento preventivo

Los alcaldes locales también podrán adelantar los planes piloto para la apertura de bares, casinos, billares y bingos con atención al público.

Municipios no-covid podrán pedir que se levante el aislamiento preventivo

Municipios no-covid podrán pedir que se levante el aislamiento preventivo(Colprensa/ Archivo.)

El presidente Iván Duque expidió el decreto 1076 de 2020 que extiende el aislamiento obligatorio en todo el país hasta las cero horas (OO:OO) del día 1 de septiembre de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

El decreto tiene 46 excepciones de movilidad en las que se incluye la realización de las Pruebas Estado Saber, y el desplazamiento estrictamente necesario del personal de logística y de quienes las presentarán en los sitios que se designen.

Y la proyección fílmica, conciertos y artes escénicas realizadas bajo la modalidad de Autocines - autoeventos, sin que se genere aglomeraciones, en los términos que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.

El documento también anuncia que los alcaldes de municipios sin afectación o de baja afectación del Coronavirus COVID-19 podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo obligatorio en su territorio y podrán autorizar la implementación de planes piloto en bares, casinos, billares y juegos de azar.

"Podrán autorizar la implementación de planes piloto en (i) bares y casinos para brindar atención al público en el sitio -de manera presencial o a la mesa-, (ií) billares, juegos de azar y apuestas tales como bingos y terminales de juego de video, y (iii) eventos deportivos sin aglomeración de espectadores. En ningún caso queda permitido el consumo de bebidas embriagantes en los lugares en que se implementen los planes piloto" afirma el decreto.

Sin embargo, el documento aclara que se deben cumplir todas las normas de aislamiento definidas por el ministerio de Salud, y que no se podrán habilitar los eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas.

El decreto también extiende la suspensión de transporte doméstico por vía aérea a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de agosto de 2020, hasta las cero horas (00:00 am) del día 1 de septiembre de 2020, y afirma que seguirán cerradas las fronteras del país.

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