Justicia

Duro regaño de la Corte por negar atención a bebé venezolana con parálisis

La Corte Constitucional señaló que se debe garantizar salud de alto nivel a extranjeros menores de un año

Corte Constitucional

Corte Constitucional(Colprensa)

La Corte Constitucional considero como un “grave, grosero, vergonzoso e inaceptable acto de discriminación” no prestar el servicio adecuado de salud a una bebé venezolana de cinco meses quien padece “parálisis cerebral infantil secundaria a asfixia perinatal, además, con epilepsia estructural secundaria a agenesia de cuerpo calloso”.

El alto tribunal señaló que a los menores de un año se les debe garantizar el más alto nivel posible de salud sin importar que sean extranjeros y que habiten o transiten irregularmente en Colombia.

El pronunciamiento lo hizo al estudiar el caso concreto en Cali. Una bebé que ingreso junto a su madre de manera irregular al país fue atendida por urgencias e internada en el Hospital Universitario del Valle el 28 de enero de 2019 y estuvo hospitalizada hasta el 28 de febrero, sin embargo, no se autorizado las consultas con cinco especialistas diferentes ni el medicamento ni las más de 100 terapias que requería.

Pese a que el juzgado Catorce Penal Municipal de Cali negó la tutela pues dijo que no existió vulneración porque se cubrió la atención de urgencias, La Corte dijo que la Secretaría Departamental de Salud del Valle del Cauca vulneró los derechos fundamentales de la niña y dijo que el que las razones para negar la prestación de servicio no son válidas y que atentan contra la menor.

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