Justicia

Corte pide investigar filtración de ponencia contra Luis Alfredo Ramos

Al resolver una tutela contra Noticias Uno, la Corte dice que el medio actuó bien pero el funcionario que filtró ponencia afectó el debido proceso.

 exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos

exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos(Colprensa / Archivo)

La Corte Constitucional resolvió la tutela que había interpuesto el exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, en contra de la publicación que hizo Noticias Uno sobre una ponencia condenatoria que se estaba discutiendo en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. La publicación se hizo el 20 de enero de 2018 y para el exgobernador se vulneraron sus derechos.

Aunque en su decisión, el alto tribunal no accede a las peticiones que hizo Ramos, como que se le ordene al medio ofrecer disculpas, sí señala que se violó el debido proceso por parte de la persona que filtró el documento, que sería un funcionario judicial.

“La filtración de una ponencia por parte -muy probablemente- de servidores públicos responsables de la tramitación del proceso, afectó el derecho de Luis Alfredo Ramos Botero a un juicio limpio y con todas las garantías, en la medida en que facilita la exposición mediática y el debate en un entorno distinto del foro judicial, de un asunto que está sometido a reserva y cuya develación constituye conducta penal y disciplinaria”, se lee y por por se ello compulsa copias a la Fiscalía y a la Procuraduría para que investigue.

Sobre la nota periodística que se publicó, dice la Corte Constitucional que siempre se señaló que era una ponencia, utilizó expresiones condicionales sobre la posible condena y no se refirió a él como una persona responsable de haber cometido delitos.

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“De la noticia no se desprende siquiera una afirmación por parte del medio sobre la responsabilidad penal del actor, es decir, queda claro que está siendo investigado, que existe un proyecto de sentencia con un sentido condenatorio y que la postura allí contenida se debió a ciertos medios probatorios a los cuales hace referencia esa ponencia. En efecto, la información plasmada en la nota periodística es fiel -al pie de la letra- a algunos de los apartes del proyecto de ponencia”, se lee.

Y agrega: "La Corte relieva que los trabajos de particulares externos al foro penal hacen parte del libre ejercicio del periodismo y de la opinión, pero lo que no es admisible, desde ningún punto de vista, es la revelación de documentos reservados, por parte de sus garantes. Así mismo, defiende a ultranza -como hasta hoy lo ha hecho- la libertad de información, pero insiste en que los documentos reservados deben así mantenerse dada la prohibición de su divulgación".

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