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Justicia

No se puede usar la palabra sirvientes para nombrar a empleados domésticos

La Corte Constitucional modificó un artículo del siglo XIX.

Trabajador Domestico

La Corte Constitucional declaró inexequible la palabra “sirvientes” del artículo 2267 del Código civil, norma que se refiere a la responsabilidad de quienes cuidan viviendas, entre ellas, la que tienen de responder por el robo que lleguen a hacer los empleados domésticos. 

Para la Corte el “vocablo resultaba discriminatorio y lesivo de la igualdad y dignidad humana”, pero no es la la primera vez que lo dice. Ya ha emitido varías decisiones señalando que dicha palabra no se puede usar. 

Sin embargo, sus pronunciamientos se hicieron a normas distintas, por lo cual, el tema no es cosa juzgada y decidió volver a fallar al respecto. 

Esta palabra, dice, debe, sustituirse por las expresiones “trabajadores”, “empleados”, “contratistas”, “dependientes”, o cualquiera similar.