Restricción por feminicidio fue eliminada, por falta de argumentación del juez
Además de una condena de 36 años, se había ordenado al victimario que se acercara a la familia de la víctima, pero ésta última orden se eliminó.
Todas las penas, sin excepción, así no sean las que tienen que ver con la prisión o con multas tienen que ser muy bien argumentadas, dado a que es un principio constitucional. Nada, dice la Corte Suprema puede llegar a darse por capricho.
La advertencia que hace la Corte se originó por una sentencia en la que un hombre fue condenado a 36 años por un caso de feminicidio. En la providencia también se imponía una pena que plantea la Ley de Rosa Elvira Cely y que tiene que ver con la prohibición de acercarse a miembros de la familia de la víctima.
En este caso, la prohibición era por el mismo periodo de tiempo de su condena en prisión y un año más, pero, la Corte terminó por eliminarla, dado a que no se cumplía con dicha condición por parte del juez dicha orden.