"Santos tiene facultades extraordinarias solo para implementar los acuerdos": Corte Constitucional
La magistrada María Victoria Calle explicó que las decisiones para expedir proyectos de ley solo las tendrá por 180 días.

(Colprensa)

Cinco salas, tres de ellas extraordinarias todas de 10 horas fue lo que se tomó la Corte Constitucional para el fallo histórico que consolida el proceso con las Farc. La decisión permite al Congreso mediante vía rápida implementar los acuerdos.
El fallo le permite al presidente Juan Manuel Santos tener facultades extraordinarias para expedir los proyectos de ley necesarios para "llegar a una paz estable y duradera", sin embargo la presidenta de la Corte, la magistrada María Victoria Calle limitó esas facultades a los 180 días que requiere el Gobierno para finalizar el proceso, tal como está establecido en el Acto Legislativo para la Paz.
"Dichas facultades no son válidas para aprobar normas que deformen la Constitución, leyes estatutarias, establecer impuestos, dictar códigos o para leyes orgánicas", señaló.
La magistrada explicó tres principios que deberá tener en cuenta el Congreso, "el primero, que incluya participación ciudadana directa; segundo, que los resultados de esta sean interpretados y desarrollados bajo el principio de buena fe; y tercero, que se trate de una decisión libre y deliberativa de una órgano con autoridad democrática, como lo es el Congreso".




