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Congreso aprobó ley contra maltratadores de animales

El articulado ordena de uno a 3 años de cárcel para los maltratadores de animales y sanciones económicas de más de 36 millones de pesos.

El proyecto deberá surtir un proceso de conciliación con lo aprobado en la Cámara de Representantes y pasará a sanción presidencial.(Colprensa.)

El proyecto deberá surtir un proceso de conciliación con lo aprobado en la Cámara de Representantes y pasará a sanción presidencial.

Bogotá

Los animales, según la ley animalista ya no serán considerados dentro del ordenamiento jurídico como objetos o cosas sino como seres sintientes. El autor del proyecto fue el congresista liberal, Juan Carlos Losada, quien explicó que ahora el maltrato animal será un delito contenido en el Código Penal.

“Hay penas privativas de la libertad de 12 a 36 meses de cárcel con agravantes cuando se comete el maltrato frente a menores de edad, cuando hay zoofilia y eso generará unas penas mayores”, afirmó Losada.

El articulado también prevé sanciones económicas de más de 36 millones de pesos para los maltratadores.

“El trato a los animales se basa en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así́ como de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia, y trato cruel”, aseguró el parlamentario.

El proyecto deberá surtir un proceso de conciliación con lo aprobado en la Cámara de Representantes y pasará a sanción presidencial.

Algunos aspectos que contiene la ley animalista:

Objeto. Los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial.

Bienestar animal. En el cuidado de los animales, el responsable o tenedor de ellos asegurará como mínimo:

1. Que no sufran hambre ni sed.

2. Que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor.

3. Que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido.

4. Que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés.

5. Que puedan manifestar su comportamiento natural.

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