Nueva reglamentación para los drones en Colombia
Será prohibida la operación civil de aquellos que pesen más de 25 kilógramos y deben estar equipados con piloto automático y GPS, entre otras condiciones.

Para operación civil no pueden pesar más de 25 kilogramos.(Colprensa)

Para garantizar los niveles óptimos de seguridad operacional en Colombia, la Aeronáutica Civil emitió una circular que regula la operación de drones técnicamente identificados como Aeronaves Piloteadas o a Distancia, RPA.
De acuerdo con la Aerocivil, la circular No.002, que ya fue publicada en el Diario Oficial No. 49.624, fija una serie de disposiciones y requisitos que deberán cumplir los operadores de este tipo de equipos.
Entre los puntos sobresalientes están que el peso máximo permitido de cada Aeronaves Piloteada a Distancia es de 25 kilógramos, es decir que de mayor peso estaría prohibida su operación civil, que deben estar equipados con piloto automático y contar con GPS, su motor no debe generar exceso de ruido ni contaminación, sus hélices no pueden ser metálicas y deben tener una placa de identificación con el nombre del operador para que, en caso de incidente o violación a la norma, pueda ser reconocida.
La circular también señala que las Aeronaves a Distancia, no podrán volar sobre áreas congestionadas, edificaciones o aglomeraciones de personas, durante condiciones meteorológicas de vientos fuertes o sin vuelo visual, en horario nocturno ni operar dentro de un radio de 1,8 kilómetros de instituciones gubernamentales, sedes políticas, instalaciones militares y de policía y centros carcelarios, entre otros.
Tampoco deberán volar a una altura superior a 152 metros ni a más de 750 metros de distancia del operador ni transportar animales o elementos como armas, materiales peligrosos, de riesgo biológico, sustancias psicoactivas, entre otros.
La norma también protege, de manera estricta, corredores o espacio aéreo de las aeronaves tripuladas en las que las que la RPA no podrá operar, con el fin de evitar eventuales riesgos de colisión y ocasionar daños a la integridad física, vida y bienes de los ciudadanos.




