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Gobierno tiene tres meses para reglamentar atención a niños con cáncer

El ministerio de Salud tendrá que tener lista la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil del país.

Así lo estableció el Consejo de Estado al darle un plazo de tres meses al  Ministerio de Salud y Protección Social tiene para  que reglamente todo lo concerniente a la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil del país

El alto tribunal dejó en firme una sentencia del Tribunal Administrativo de Caldas que resolvió una acción de cumplimiento interpuesta por un particular para que dicho Ministerio regulara algunos artículos de la Ley 1388 de 2010 que estableció medidas de atención para los niños con cáncer en Colombia

De acuerdo con la corporación quedó demostrado que a la fecha el Ministerio de Salud no ha reglamentado los criterios para la conformación de la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil del país, disposición que se encuentra contemplada en el artículo 11 de la Ley 1388 de 2010

“Si bien el Ministerio reglamentó la Red de Prestación de Servicios Oncológicos, dicha red se encamina a la prestación del servicio para la atención del cáncer en adultos, circunstancia que no permite tener por acatada la disposición del artículo 11 de la Ley 1388 de 2010 que, se reitera, se encamina a reglamentar todo aquello con la atención del cáncer en menores”, indica la sentencia

La Sala explicó que, aunque el Ministerio de Salud sostuvo que mediante la Resolución 1419 de 2013 procedió a reglamentar lo relativo a la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil, se observa que en el citado acto administrativo lo que reglamentó fue el artículo 13 de la Ley 1384 de 2010, conocida como la Ley Sandra Ceballos, la cual establece acciones para el control integral del cáncer en la población colombiana adulta

“Así las cosas, es evidente que en la actualidad no existe la reglamentación que el accionante exige pese a que han pasado casi cinco (5) años desde que se expidió la Ley 1388 de 26 de mayo de 2010, norma que con claridad le confirió al Ministerio de la Protección Social (hoy de Salud y Protección Social) 6 meses para que regulara lo concerniente a la Red de Unidades de Atención de Cáncer Infantil del país”, indica el fallo.

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