Avanza eliminación del cobro de reconexión de servicios públicos
El senador Mario Fernández radicó ponencia positiva para el proyecto de ley que iniciará su discusión en el congreso.
La idea es adicionar un parágrafo al artículo 96 de la ley 142 de 1994, y así lograr eliminar el cobro del cargo por reconexión o reinstalación de servicios públicos domiciliarios de inmuebles residenciales; beneficiando directamente a los estratos 1, 2 y 3, cuando la causa de la suspensión o corte haya sido exclusivamente la mora en el pago de las facturas
“Este proyecto también busca establecer un plazo máximo de reconexión o restablecimiento del servicio de 24 horas, los cuales serán contados a partir que el usuario haya eliminado la causa de la suspensión del mismo”, añadió
Estos serían los requisitos para beneficiarse de la nueva ley- Tratarse de bienes inmuebles de carácter residencial, es decir, que tienen como destinación final servir de casa de habitación de familias y no para otro tipo de actividades como industriales o comerciales
- Destinado a los estratos 1, 2 y 3, los cuales son ocupados por usuarios de menores ingresos y que por esta misma razón en ocasiones deben recibir subsidios por parte del Estado para poder acceder a la prestación de los servicios públicos domiciliarios
- La exoneración en el cobro de la reconexión procederá únicamente cuando la causa de la suspensión del servicio sea la mora en el pago y el usuario se encuentre a paz y salvo con la empresa por esta misma razón, dejando de lado eventos como el fraude o alteración en las conexiones, acometidas o medidores
En muchos casos las deudas con las empresas son menores al precio que se tiene que pagar por la reconexión del servicio lo que hace que la gente prefiera abandonar el inmueble o recurrir a instalaciones piratas.




