Congreso buscará frenar cobros exagerados del predial
En senador Ángel Custodio Cabrera afirmó que el primer paso es revisar las actualizaciones catastrales.

Congreso buscará frenar cobros exagerados del predial
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Se abre paso en el Plan Nacional de Desarrollo que se discute en el Congreso de la República, un artículo nuevo para frenar los cobros exagerados en el impuesto predial en Bogotá y otras ciudades del país
Así lo anunció el senador, Ángel Custodio Cabrera, quien manifestó que lo primero que se va cambiar es un artículo del Plan Nacional de hace cuatro años, en cuál se solicitaban actualizaciones catastrales que es el origen del problema
Manifestó que para superar estas dificultades se debe establecer una nueva metodología orientada a evitar altos cobros en el predial como sucedió en el 2015
Cabrera explicó que el distrito realizó actualizaciones enormes en los predios, casi avalúos comerciales, sabiendo que el precio de determinados inmuebles en ciertos sectores de la ciudad no es lo mismo
De acuerdo con el senador se va a proponer unos topes a las tarifas que deben establecer los concejos municipales
Dijo que se va a aprovechar el Plan Nacional de Desarrollo para aprobar la nueva normatividad que entraría en vigencia a partir del primero de enero de 2016
Finalmente, comentó que en el artículo se facilita acuerdos de pago en el impuesto predial y se crea la figura de crédito fiscal
“Por sobrevenir la inhabilidad de que trata la parte in fine del artículo 122 de la Constitución que dice "sin perjuicio de las demás sanciones que establezca la ley, no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular, ni elegidos, ni designados como servidores públicos, ni celebrar personalmente, o por interpuesta persona, contratos con el Estado, quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la Comisión de Delitos que afecten el patrimonio del Estado; Tampoco quien haya dado lugar, como servidor público, con su conducta dolosa o gravemente culposa, así calificada por sentencia judicial ejecutoriada, a que el Estado sea condenado a una reparación patrimonial, salvo que asuma con cargo a su patrimonio el valor del daño” precisa la demanda.




