Santos sanciona ley para refrendar acuerdos de paz en elecciones
La ley posibilita a los colombianos para decidir si aprueban o no los acuerdos que se firmen en La Habana.


La norma 1745 establece que “los referendos constitucionales a los que se refiere la presente ley podrán coincidir con actos electorales”, por lo que los ciudadanos podrán dar el aval al “acuerdo final para la terminación del conflicto”, el mismo día de un proceso electoral, incluso el que se dé el próximo mes de octubre
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Para lo anterior, la ley establece que el Acuerdo Final “deberá ser publicado y difundido para conocimiento de los ciudadanos con anterioridad a la votación”, con el fin de que los ciudadanos tengan el conocimiento específico por lo que se está eligiendo y los promotores de iniciativas a favor o en contra tengan herramientas para la campaña
Por lo anterior, el Consejo Nacional Electoral deberá establecer las reglas de financiación de estas campañas al igual de quienes promuevan la abstención
Será además obligación de los jurados, cuando estos referendos coincidan con actos electorales, “ofrecer a los electores la tarjeta correspondiente a los referendos junto con las demás tarjetas”
Las campañas no podrán ser financiadas con recursos públicos, el Gobierno Nacional tampoco podrá aumentar los recursos destinados a la publicidad del Estado para dar mayor transparencia al proceso
Cabe recordar que tal como se aprobó en la ley el pasado noviembre de 2013, se necesitan por lo menos 7,5 millones de votos y la pregunta a los electores deberá ser aprobada con anticipación por el Congreso.




