Economía

Pruebas de embarazo y VIH no son condición para acceder a empleo

El Ministerio del Trabajo recordó que ese tipo de exámenes sólo se pueden pedir con consentimiento del trabajador.

Pruebas de embarazo y VIH no son condición para acceder a empleo

El Ministerio del Trabajo reiteró que las pruebas de embarazo y VIH sólo se pueden pedir con consentimiento del trabajador y no se deben exigir como condición para acceder a un empleo

Un empleador puede ordenar la práctica de estas pruebas adicionales al examen de ingreso del aspirante a ocupar este cargo, siempre y cuando tenga que desarrollar actividades que afecten la salud del trabajador

Según la cartera Laboral, los costos de los exámenes los debe asumir la empresa o el contratante y las pruebas se realicen con el único propósito de prevenir un riesgo en la salud, seguridad y protección de la vida del trabajador en el entorno laboral

El pronunciamiento lo hizo el Ministerio del Trabajo al emitir el concepto jurídico 59676 del presente año, resolviendo interrogantes sobre si es legal que una empresa exija como requisito de ingreso pruebas de embarazo y VIH y tras advertir que " está prohibida la práctica de este tipo de exámenes con el fin de tener acceso a cualquier actividad laboral o permanencia en la misma, cuando el interés sea discriminatorio"

El concepto reitera que no puede considerarse la prueba de embarazo como un requisito para que una mujer ingrese a laborar o mantenga su empleo, pero señala que puede ser ordenada por el empleador

Las evaluaciones médicas pre-ocupacionales o de pre-ingreso, son aquellas que se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y el perfil del cargo

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