A juicio disciplinario exconcejal Orlando Parada por carrusel de contratos
Será investigado por, presuntamente, influenciar para que el mantenimiento de vías en Bogotá se adjudicara a Julio Gómez

A juicio disciplinario exconcejal Orlando Parada por carrusel de contratos
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El Ministerio Público le formuló pliego de cargos al exconcejal Parada porque habría aprovechado su cargo para influenciar al director de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, Iván Alberto Hernández Daza, para que lo favoreciera en la gestión comunitaria de mantenimiento de vías, en el nombramiento de recomendados en cargos de la entidad, en la obtención de recursos económicos para financiar su campaña política y para favorecer a terceros, en este caso los contratistas Julio Gómez y Emilio Tapia, quienes participaron en los procesos Licitatorios 007 y 008 de 2009
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Señala la Procuraduría que en este caso las pruebas recaudadas indican que el exfuncionario se reunió con Iván Hernández Daza, Hipólito Moreno y Ronaldo Andrés Camacho Casado antes y después de la posesión de Hernández Daza como director de la Unidad Administrativa Especial para la Rehabilitación y el Mantenimiento Vial, con el propósito de indicarle que “el respaldo que se le daba era para que los ayudara, como ya se indicó, en gestión comunitaria, cargos dentro de la entidad y apoyo económico para las campañas”
El segundo cargo endilgado señala que al parecer el exconcejal recibió a través de Iván Alberto Hernández Daza la suma aproximada de 400 millones de pesos provenientes del representante legal de la firma Patria S.A, Javier Mejía Bernal, los cuales fueron cobrados por la firma Manuel Sánchez C Abogados Consultores & Asociados Ltda. a la empresa Patria S.A., mediante las facturas 0811 y 0823 del 29 de septiembre de 2010 y 18 de marzo de 2011, como contraprestación por sus oficios en la adjudicación de la licitación 021 de 2010, y con el propósito de poder, en el futuro, manejar posteriores licitaciones, a su favor
Las dos conductas objeto de investigación por parte del Ministerio Público fueron calificadas provisionalmente como gravísimas, a título de dolo.




