Piden tumbar multas a quienes no icen bandera en fiestas patrias
La Procuraduría señala que se pueden imponer medidas alternativas diferentes a multas económicas.
La solicitud la hizo la Procuraduría General a la Corte Constitucional en la indica que es necesario declarar inexequible una norma del Código Nacional de Policía que impone multas a los ciudadanos que incumplan el deber de izar la bandera en las fiestas patrias
Señala el concepto del Ministerio Público que, aunque este deber simbólico es constitucionalmente legítimo y el Estado tiene la capacidad de conminar su cumplimiento, la multa prevista en el artículo 210 del Decreto 1355 de 1970 no es el mecanismo idóneo para conseguirlo
De acuerdo con el organismo disciplinario al revisar el catálogo de medidas alternativas para lograr el fin de exaltar el civismo y la unidad nacional, se encuentra que hay opciones no policivas como la educación, o formas sancionatorias policivas como la conminación privada o la promesa de buena conducta, que siendo menos represivas garantizan mejor el cumplimiento del deber
"Como el deber de izar la bandera puede tener implicaciones respecto de la objeción de conciencia, es necesario establecer reglas claras para su ejercicio en los casos en que tal acto sea contrario a las convicciones o creencias de los ciudadanos", señala la Procuraduría
Dentro del concepto, el ministerio público le solicita al alto tribunal que exhorte al Congreso de la República para que expida una norma que clarifique los términos para el correcto ejercicio del derecho fundamental a la objeción de conciencia en relación con los deberes cívicos, y adecúe los mecanismos pedagógicos o sancionatorios que tengan por fin promover el uso de los símbolos patrios en las fiestas nacionales, o sancionar su omisión.




