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Corte pide a Fiscalía revisar exclusión del “tuso” Sierra en Justicia y Paz

La Sala Penal no hizo parte del bloque Héroes de Granada y su vinculación tardía buscó beneficios personales

Un llamado de atención a la Fiscalía General formuló la Corte Suprema de Justicia sobre la inclusión en la lista de beneficiarios de la ley de Justicia y Paz de Juan Carlos “el tuso” Sierra, quien vive en EEUU luego de que fuera extraditado en 2008 y cumpliera una condena de 5 años

La sala Penal aceptó parcialmente los argumentos de la defensa de Sierra Ramírez, de que no habría ordenado masacres, desplazamientos forzados y homicidios, pero puso en duda que su papel obedeciera a órdenes de comandantes de la AUC para enviar droga al exterior

“…la Corte no puede pasar por alto la oportunidad para advertir al fiscal del caso acerca de la necesidad de verificar de manera profunda el acopio probatorio recogido, en aras de determinar en qué condición particular se encuentra el postulado SIERRA RAMÍREZ respecto del trámite de justicia y paz, pues, siguiendo las afirmaciones de su defensor, puede observarse que su labor se ha limitado al tráfico de narcóticos y no se tiene claro si ello es consecuencia de que la dicha tarea se le asignara en calidad de miembro activo de un grupo paramilitar, o si la conducta deriva de un particular interés y beneficio ajeno a los designios de la agrupación”, precisa el tribunal

Para la Corte es evidente de que Sierra Ramírez “no formó parte del bloque Héroes de Granada y su vinculación tardía sólo obedeció a la búsqueda de beneficios personales”, lo que justificaría su exclusión de justicia y paz, donde se expone a una condena de máximo 8 años, para ser juzgado por la justicia ordinaria que podría imponerle una condena de más de 30 años

“Sí se hace necesario verificar si a pretexto de pertenecer a las autodefensas, la persona simplemente se dedicó al tráfico de estupefacientes en su particular interés, esto es, en condición de los llamados narcotraficantes puros, caso en el cual debe ser excluido de la especial tramitación”, puntualiza el tribunal.

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